Exportación de Servicios Profesionales
Publicado por Fabian - 13/02/2010 a las 00:17:46Desde la devaluación de 2001 a esta parte se han creado importantes mercados en el exterior para la exportación de servicios profesionales. Estas nuevas reglas de juego de la mano del cambio dolar peso impulsaron la generación de nuevos negocios por la creciente demanda de servicios desde el exterior, con el consiguiente pago en dólares.
En este sentido, el tratamiento impositivo de una exportación de servicios profesionales es:
- IVA: la exportación de servicios, mientras el servicio sea prestado en el país y utilizado económicamente en el exterior, está exenta.
- Impuesto a las ganancias: los ingresos obtenidos están alcanzados como renta de fuente extranjera.
- Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: los ingresos obtenidos por la exportación de servicios cuya utilización o explotación efectiva se produzca en el exterior y se integre materialmente a una actividad desarrollada en el exterior están exentos.
- Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires: la exportación de servicios está alcanzada a la alícuota del 3,50%.
Paralelamente, al igual que la exportación de bienes, el fisco posibilita que sean recuperados los créditos fiscales locales por las compras que las empresas nacionales realizan internamente, computándolos contra otras ventas o solicitándole al fisco su devolución.
Para oficiar como exportador es necesario inscribirse en el Registro de Importadores y Exportadores de la DGA. Con el Alta en este registro se habilita automáticamente la cuenta del exportador en el Banco de la Nación Argentina, donde tendrá que depositar el comprador el importe íntegro de la factura.







