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Publicado por Matias - 09/06/2011 a las 18:45:25

ArbaNet es una herramienta de cobro que utiliza la entidad recaudadora Arba (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires) para el pago de Ingresos Brutos y la presentación de las declaraciones juradas a los contribuyentes, es decir, que se orienta principalmente a empresas de pequeño y mediano tamaño que tributan en la provincia de Buenos Aires.
Especificando en detalle los usuarios que pueden utilizar este servicio, encontramos a los mencionados en el primer párrafo y se excluyen los contribuyentes que inicien actividad con fecha posterior a la implementación de este sistema, teniendo que tributar fuera del esquema de preliquidación durante los primeros seis meses. Luego, si corresponde, se incorporarán al régimen.
Ahora bien, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA, mediante la Resolución Normativa Nº 024/11, realizó modificaciones en ARBANet, el tan polémico cálculo online de anticipos en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, que deben cumplir aquellas empresas y particulares que facturan hasta $25.000.- por mes.
Por un lado, amplio la información requerida y por otro en un nuevo marco acortó el plazo para modificar el monto del pago a cuenta establecido por el organismo recaudador provincial. Es decir, a través de la Resolución 024/11 ARBA amplió la información que deben presentar mensualmente los contribuyentes que están obligados a utilizar el mecanismo de pagos a cuenta online, ARBANet.
Como ya sabemos, ARBANet es el sistema por el cual los contribuyentes que facturan hasta $25.000.- por mes deben obtener y cancelar el anticipo en los ingresos brutos.
ARBA mediante la nueva norma obligará a los contribuyentes incluidos en el padrón de ARBANet a que todos los meses declaren:
- Total de ingresos gravados, no gravados y exentos.
- Total de retenciones y percepciones sufridas en el gravamen.
Anteriormente esto sólo se debía informar si el contribuyente realizaba alguna modificación al importe a pagar establecido por el sistema, ahora el detalle es obligatorio.
Cabe aclarar que esta nueva obligación deberá cumplirse para la cancelación de los anticipos que vencieron durante el mes de mayo.
Publicado por admin - 02/11/2010 a las 22:24:57

El Fisco argentino está de fiesta. Se han conocido los resultados de la Recaudación Impositiva AFIP Octubre 2010, y no podrían ser mejores. El mes pasado la recaudación volvió a crecer, esta vez de la mano de los derechos de exportación, la recaudación del IVA y las contribuciones patronales.
Así, en octubre se recaudaron $ 36.077,5 millones, lo que representa un 36,6% más que los $ 26.416,9 millones que se habían reunido en octubre del 2009. En los primeros 10 meses del año, ya se recaudaron $ 335.338 millones, lo que supera la meta fijada para todo el año , que se fijó en el Presupuesto 2010 en $ 320.000 millones.
Por impuestos, como no podía ser de otra manera en un sistema tributario regresivo, el que mayor peso tiene es el IVA. El mes pasado, el Impuesto al Valor Agregado le permitió al Fisco recaudar $ 10.123 millones, que representan un aumento del 31,8% con respecto al mismo mes del año pasado.
En tanto, el impuesto a las Ganancias le reportó al Fisco ingresos por $ 6.150 millones, un 25,8% más que en octubre de 2009.
En importancia le siguen los derechos aduaneros. Precisamente estos fueron los que más crecieron en términos interanuales. Los derechos de exportación aumentaron un 66%, ya que pasaron de $ 2.963 millones a $ 4.918 millones, mientras que los de importación aportaron $ 1.024 millones. En total , fueron $ 5.942 millones los recaudados a través de los impuestos al comercio exterior. Este es un récord histórico, logrado gracias al aumento de los precios de los commodities y de la recuperación de las cosechas.
Por otra parte, gracias a los aumentos salariales otorgados y a las nuevas escalas salariales, el mes pasado la Seguridad Social (destinados a la Anses) aportó $ 8.651 millones, un 31,7% más que en octubre de 2009.
En plena discusión sobre las salideras bancarias y la necesidad de bancarizar a la población, el impuesto al cheque le permitió al Gobierno embolsar $ 2.457 millones, un 38,9% más que hace un año.
Publicado por Matias - 29/06/2010 a las 20:53:30

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (AGIP) inició desde su creación un proceso de difusión y cruce inteligente de información tendiente a combatir la evasión e informalidad que afectan la calidad de vida de todos los habitantes de Capital Federal.
Durante el 2010, se continúa con la campaña de operativos de fiscalización en distintos barrios para verificar el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias de empresas y comercios con la particularidad de informarlos previamente, para que el contribuyente tenga la oportunidad de ponerse al día en caso que no lo estuviera.
A disposición del público está en el sitio oficial de la entidad, www.agip.gob.ar, los mapas con las zonas fiscalizadas y pendientes de la Ciudad.
Publicado por Matias - 08/06/2010 a las 18:11:49

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) posee una herramienta sumamente útil para el pago de las obligaciones tributarias, la Credencial de Pagos Arba.
Es un servicio que se pone a disposición de todos los contribuyentes para facilitar el pago de las cuotas corrientes (incluido cuota anual y/o saldo) y de las últimas tres cuotas vencidas de la patente, el inmobiliario y el impuesto a las embarcaciones deportivas, ya que permite efectuar el pago sin tener que presentar las tradicionales boletas.
Está disponible en formato papel para imprimirla y, si el usuario lo desea para su mejor conservación, recortar, plegar en la zona central y plastificar. La Credencial de Pagos Arba le brinda mayor comodidad y agilización a la hora de pagar sus impuestos. Además, servirá de sustituto si no recibió las boletas de pago en tiempo y forma.
Con dicha tarjeta se podrán efectuar cancelaciones en todas las sucursales del Banco Provincia, Banco Ciudad y Agencias habilitadas.
Publicado por Matias - 02/06/2010 a las 16:14:31

El principal instrumento de recaudación del Estado Nacional arrojó cifras por demás alentadoras, alrededor de un 44.2% por encima del registro interanual de 2009.
Uno de los principales eslabones que produjeron este aumento en la recaudación fue la percepción del Impuesto a las Ganancias, que aumentó 76 % en términos interanuales para redondear unos 11.400 millones de pesos, siendo el motor de esta dinámica la mayor actividad económica, y los salarios que son alcanzados al no corregirse el mínimo no imponible.
Las exportaciones hicieron lo suyo también para contribuir con el crecimiento, los ingresos por retenciones a las exportaciones aumentaron 47 por ciento, para rondar los 4.300 millones de pesos, mientras que los tributos a la importación avanzaron 43,5 por ciento, hasta los 790 millones.
En lo que respecta a los aportes laborales, los Aportes Personales y Contribuciones Patronales desarrollaron un ascenso del 41.7% y 28% respectivamente. Otro de los datos a destacar fue que la cifra del quinto mes del año también representa una nueva marca histórica en dólares, debido a que por primera vez supera los 10.000 millones de dólares.
Publicado por Fabian - 04/05/2010 a las 21:52:11

La recaudación fiscal de abril marcó un nuevo récord histórico, al alcanzar los 30.129,6 millones de pesos, equivalente a una mejora del 30,7% respecto a igual mes de 2009, impulsado por el buen desempeño del IVA, Ganancias y de las contribuciones a la Seguridad Social.
Según las autoridades de la AFIP, “El crecimiento de la recaudación de abril es consecuencia de la dinámica real de una Argentina creciendo fundamentalmente en su mercado interno y también en el internacional”, explicandose principalmente por el desempeño del IVA, del Impuesto a las Ganancias y de las Contribuciones a la Seguridad Social.
Sin embargo, más allá de la suba de la actividad económica, también juega en este record la inflación del país, ya que con mayores precios, también sube la recaudación.
Por impuestos, el desempeño fue el siguiente:
- el IVA Impositivo, ligado al consumo interno creció en abril 24,3% interanual; mientras que el IVA Aduanero, que marca la evolución del comercio internacional, avanzó 40,6% respecto a igual mes de 2009, por el crecimiento de las importaciones y el aumento del tipo de cambio, entre otros aspectos.
- En lo que respecta al impuesto a la Ganancias, en abril ingresaron al fisco 4.240,3 millones de pesos con un crecimiento interanual de 36,2 por ciento, impulsada por los mayores ingresos de anticipos de sociedades y retenciones.
- El Impuesto a las Ganancias de Personas Fisicas aumentaron 27,1 por ciento como resultado del vencimiento del saldo de declaración jurada correspondiente al período fiscal 2009, para los contribuyentes que no tienen participación en sociedades con cierre de ejercicio diciembre.
- En Bienes Personales, la recaudación creció en abril 66,3 por ciento interanual. Echegaray hizo hincapié en la mejora registrada en este ítem al sostener que “Bienes Personales es donde mejor se puede apreciar los efectos del acuerdo fiscal” impulsado el año pasado por el Gobierno.
- El impuesto al cheque, que grava las transacciones bancarias, marcó un ingreso de 2.074,5 millones de pesos, un 24,4 por ciento más que hace doces meses.
- Por retenciones el fisco percibió 3.918,6 millones de pesos, con una variación interanual positiva de 29,8 por ciento, por el buen comportamiento del rubro Productos Primarios y Manufactura de origen industrial, entre otros aspectos.
- En concepto de derechos de importación, por su parte, la recaudación alcanzó a 815,8 millones de pesos, con un crecimiento interanual de 35,4 por ciento. Los principales incrementos se produjeron en los ingresos por Vehículos y automotores de pasajeros, Piezas y accesorios para bienes de capital y Bienes de capital.
- Por la Seguridad Social ingresaron 7.503,8 millones de pesos con una variación interanual de 33,4 por ciento, debido, en parte, al aumento de la remuneración, del empleo registrado y de la base imponible, que determinaron el crecimiento de la recaudación de Aportes y Contribuciones
Publicado por Matias - 27/04/2010 a las 21:31:54

La importación de mercancías consta de un proceso en el que una empresa o persona física compra mercaderías fuera de las fronteras del país para luego traerlas al territorio nacional y comercializarlas o utilizarlas para uso propio. Pero para ello, primero, debe hacer pago del tributo correspondiente a la nacionalización de dichos bienes.
Los impuestos inevitables son cuatro, aunque aclaramos que se presenta la posibilidad de reducir las cargas que a continuación explicaremos:
Como mencionamos en el párrafo precedente existen opciones que nos permiten disminuir el canon, a saber:
- Tramitar la exclusión de las percepciones de IVA y de las retenciones de II.GG.
- Optar por financiar el pago del impuesto al valor agregado, hasta en cinco (5) cuotas con el 1.25% de interés sobre los saldos, que inexorablemente deben estar a favor del contribuyente.
- Solicitar beneficios de la ley 26.360 (Ley de Promoción de Inversiones) en caso de importar bienes de capitales nuevos.
Recordamos que una vez cancelada la deuda con el fisco se puede, solo en casos de presentar saldos favorables, gestionar devoluciones o compensaciones con otros impuestos
Fecha de publicacion: abril 27, 2010
Categorias: IVA, Importaciones, Recaudacion Fiscal, impuesto a las ganancias, ingresos brutos
Tags:
Etiquetas: importacion, Impuestos a las importaciones, IVA, Ley 26.360, percepciones, Recaudacion Fiscal, retenciones
Publicado por Matias - 27/04/2010 a las 20:58:32

Suele ocurrir con frecuencia que muchas personas o firmas no emprenden sus negocios en el ámbito exterior por las dificultades operativas e impositivas que implica la actividad del comercio exterior. A continuación detallaremos una guía con los puntos a seguir más importantes en lo que respecta al pago del tributo.
Lo primero que debemos saber es que para poder realizar una exportación se debe estar registrado en el Registro de Importadores y Exportadores de la AFIP, y en segundo lugar, poder demostrar ante dicho ente la solvencia con la cuenta nuestra empresa para poder concretar la operación. En caso de no poder cumplir con estos dos requisitos básicos, el mecanismo pasa a ser similar a la de un banco con una hipoteca, se debe dejar en garantía la suma de 30.000 pesos (pesos argentinos) a favor de la AFIP.
Pasos principales para proceder tributariamente con una exportación:
- Los créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado por las compras y por los servicios vinculados con los bienes que se exportan pueden ser imputados contra los débitos fiscales del mercado interno. En caso de no hacerlo como lo indica la primera opción, se puede hacer uso de una segunda alternativa cuyo funcionamiento es tramitar la devolución o la compensación contra otros impuestos de los saldos a favor técnicos que se originan por esas operaciones.
- Al solicitar el reintegro, la AFIP va a controlar que los pagos de esas operaciones se hayan efectuado utilizando sólo los medios autorizados por la ley antievasión. Además, se va a verificar el cumplimiento de los distintos regímenes de retención vigentes y la validez de los comprobantes.
- Punto aparte merece la deducción del 10% aplicada en el II.GG (impuesto a las ganancias) sobre el valor FOB (valor de venta de los productos en su lugar de origen + el costo de los fletes + seguros +otros gastos necesarios para hacer llegar la mercadería hasta la Aduana de salida) de las exportaciones. Aunque parezca insólito, existen diferentes posturas de interpretación en el mismo Tribunal Fiscal de la Nación, uno a favor de la deducción y otro no autorizándola.
Publicado por Matias - 16/04/2010 a las 03:58:15

Se trata de un impuesto de emergencia creado por la AFIP en 2008 que en principio tiene una vigencia de 10(diez) años y surge como complemento del Impuesto a la Ganancias(II.GG) o en otros casos, como una verdadera carga tributaria patrimonial.
Tiene jurisdicción en todo el territorio nacional a excepción de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en las condiciones previstas por la ley 19.640.
Sus aspectos principales son:
- Gravará activos del sujeto pasivo del tributo, sin considerar pasivos, que superen los $200.000 (doscientos mil pesos argentinos), quedando exentos los que no alcancen dicho monto.
- Se gravan los activos en la Argentina y en el exterior, en líneas generales, cuando el sujeto pasivo sea un no residente.
- El impuesto a ingresar surge de la aplicación de la alícuota del 1% sobre la base imponible del gravamen.
- No serán alcanzados por el tributo los bienes muebles amortizables de primer uso.
- Se debe determinar una vez al año, aunque también existe la posibilidad de realizar anticipos o solicitar prórrogas.
Su funcionamiento podría explicarse la siguiente manera:
Una vez determinado el Impuesto a las Ganancias, si este fuera inferior al determinado para el impuesto a la ganancia mínima presunta se le detraerá de este el primero y se ingresarán ambos impuestos. La parte abonada de este último podrá computarse como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, con ciertos topes, en los próximos diez ejercicios. En el caso de que transcurrieran diez años y no se tuviese la posibilidad de equiparar con el impuesto derivador (II.GG), adquirirá las veces de un tributo.