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Nuevos controles a Monotributistas 2010

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El cerco se achica cada vez más sobre los monotributistas. A la falta de ética gubernamental de no actualizar los importes de las escalas de las categorías del monotributo -vigentes desde hace más de diez años, con una inflación acumulada de cerca del 200%-, ahora se agregan nuevos controles que apuntan a aumentar la presión fiscal a los contribuyentes.

El 20 de septiembre próximo vence el plazo para que los inscriptos en el Monotributo se recategoricen en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que realizan, la energía eléctrica consumida y a los alquileres devengados entre septiembre de 2009 y agosto de 2010.

Hasta aquí, no hay diferencias con lo que se hacía cada cuatro meses. De exceder uno de los límites antes mencionados, automáticamente el responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar.

Ahora bien, el cambio en los controles apunta a quienes ganan más de $6.000 mensuales, que también tienen que informar -entre otros datos- la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados entre enero y agosto pasado. Para ello, tienen tiempo hasta el 30 de septiembre próximo.

La presentación de la información se deberá realizar mediante transferencia electrónica de datos, a través del sitio web de la AFIP, ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Declaración de Monotributo Informativa”. Allí, debera consignar los siguientes datos:

  • El total de ventas del cuatrimestre, con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso.
  • Los montos de las compras efectuadas, con la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.
  • Si son propietarios o inquilinos del local explotado.
  • La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.
  • La cantidad de energía consumida, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.

Complementariamente, la nueva resolución establece que los pequeños contribuyentes que reduzcan su facturación a menos de $72.000 anuales igualmente deberán seguir informando, durante dos años más, los datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante tal período.

Vencimiento Pago Monotributo 2010

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La AFIP nuevamente prorrogó el pago y la recategorización del monotributo.

De esta manera, el esquema de pago del monotributo tendrá desde mayo un nuevo calendario de vencimiento: según informaron desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el pago pasará a tener como fecha tope el 20 de cada mes, y no el 7 como fue hasta abril pasado.

Desde la AFIP justificaron la decisión de modificar la fecha para que el pago del monotributo no es superponga con otros vencimientos de los contribuyentes.

Recuerden que ya rigen las nuevas tarifas y categorías del Monotributo.

Monotributo: tratamiento de los gastos y compras

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El nuevo Monotributo, que entrará en plena vigencia en el primer día de 2010, vendrá acompañado de importantes cambios. Una modificación que será clave para los pequeños contribuyentes es el tratamiento de los gastos y compras realizados.

Concretamente, será parámetro de recategorización o de exclusión del régimen el nivel de gastos o compras realizadas, de acuerdo a los siguientes parámetros máximos:

  • Profesionales y Locación de Servicios: 40% de los ingresos de la categoría
  • Venta de Bienes: 80% de los ingresos de la categoría

De excederse este nuevo parámetro anual, los monotributistas tendrán que, o bien recategorizarse en categorías superiores, o bien inscribirse en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a las Ganancias de inmediato, lo que se traduce en un importante aumento de la carga fiscal para estos contribuyentes.

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Aquí centralizaremos toda la información relativa al Monotributo y a los cambios que se vienen.

Monotributo: Regimen de Promocion de Trabajo Independiente

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Con las nuevas modificaciones al Régimen Simplificado del Monotributo, vigentes a partir del 1º de enero de 2010, se elimina la figura del Monotributo Eventual y se crea un Regimen de Promocion de Trabajo Independiente, que únicamente abonará el componente previsional.

Además de significar la única fuente de ingresos, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • No poseer local o establecimiento
  • No realizar por año más de 6 operaciones con un mismo prestatario
  • No superar los $ 1.000.- por cada operación
  • No podrá tener ingresos mayores a $ 24.000.- anuales
  • No ser empleador ni contribuyente del impuesto a los Bienes Personales
  • También pueden optar los graduados universitarios que se hayan graduado de Universidades estatales y hasta los 2 años de obtenido el título

En fin. Esta si es una buena idea que se le cayó a algún legislador.

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