Este lunes en el monotributo vence el plazo para realizar la recategorización de los contribuyentes inscriptos y que han pasado por modificaciones tienen hasta este día para el trámite. y deben recordar estos aspectos que señala la AFIP:
-Ingresos brutos
-Consumo de energía eléctrica
-Alquiler
-Superficie afectada
De esta manera todos aquellos contribuyentes que estén legalmente inscriptos en el Régimen de Monotributo deberán apurarse a hacer el trámite correspondiente solo hasta este lunes inclusive en el que deberán efectivizar la segunda recategorización anual. Para esto quedan obligados los contribuyentes anteriormente descriptos para el trámite si son monotributistas que tuvieron algún cambio dentro de los aspectos anteriormente mencionados como ser en sus ingresos o en otros de la lista de dichos parámetros y que son los que rigen para saber si deben realizar su categorización solo en esos casos.
Mientras se decide temas sobre impuestos en estas horas, una de las estadísticas dadas por la AFIP indica que logró el récord de contribuyentes en lo que es Ganancias y Bienes Personales. Gracias a las diferentes acciones de verificación y fiscalización le permite a la AFIP registrar estas cifras rećords además de arrojar resultados importantes en cuanto a los objetivos marcados.
Según el actual administrador federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, es una muy buena noticia más allá del nivel de recaudación que pueda verse, es de destacar el número que marcan el récord mencionado sobre las presentaciones de declaraciones juradas y de impuesto determinado de Ganancias y Bienes Personales que se han venido registrando lo que marca un mejoramiento en el nivel de responsabilidad del contribuyente que le corresponde tal presentación. Ante el vencimiento en el mes del plazo de presentación e ingreso del saldo de declaraciones juradas para este tipo de impuestos que deben realizar las personas físicas las que no cuentan con una participación dentro del capital de las empresas.
El Monotributo es el impuesto más difundido entre los pequeños contribuyentes de Argentina. Asi, es uno de los impuestos más difundidos en el país, un régimen simplificado que reemplaza la inscripción en el Regimen General, con el IVA, Ganancias y Aportes Autónomos en una sola cuota. Aquí, le acercamos una Guia de Tramites de Monotributo 2012.
El Monotributo -o Sistema de Régimen Simplificado- consiste en concentrar en un único tributo el ingreso de un importe fijo, el cual está formado por un componente previsional(Seguridad Social) y otro impositivo. Asi, el componente previsional incluye los aportes a la jubilación y los aportes a una obra social para el contribuyente, por lo que el Monotributo además del efecto recaudatorio incluye un efecto social. Seguir leyendo Monotributo: Guia de trámites 2012…
La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Disposición Nº 455/2011, publicada el 22 de diciembre de 2011, estableció un nuevo cronograma de horario laboral y de atención al público, que estará vigente para todas las dependencias del Organismo desde el día 1º de enero de 2012.
La normativa estable diferentes horarios de acuerdo a la estación ya que varia en invierno y verano, siendo desde las 9.00 horas hasta las 17.00 horas y entre las 10.00 horas y las 17.00 horas, respectivamente. De acuerdo a la nueva normativa la AFIP dispuso que desde el 1º de enero de 2012 las dependencias de todo el país tendrán un único criterio respecto al horario de atención al público y la banda horaria que deberán cumplir sus empleados como jornada laboral.
Dados los avances tecnológicos que brinda el organismo a los contribuyentes y usuarios aduaneros, hacen que la mayoría de los trámites se generen por conducto informático —Internet— con lo que se tiende al funcionamiento integral de la Administración Federal de manera uniforme”.
De Acuerdo a la Disposición Nº 455/2011, la AFIP estableció un horario diferencial por motivos estacionales:
Único Horario de Atención al público:
Entre el 1 de enero y el 30 de abril y el 1 de septiembre y el 31 de diciembre, de lunes a viernes, de 10.00 a 18.00 horas.
Entre el 1 de mayo y el 31 de agosto, de lunes a viernes, de 09.00 a 17.00.
Jornada Laboral de los Empleados:
El personal del organismo fiscal tendrá que cumplir una jornada laboral de 8 horas, como regla general, la se deberá cumplir sin interrupción alguna dentro de las bandas horarias fijadas para cada uno de los períodos que en los mismos se mencionan.
Pero el dictamen aclara que estas nuevas medidas no interfieren para nada en las jornadas hábiles operativas aduaneras aprobadas por intermedio de la Resolución General Nº 665 (AFIP) y sus modificatorias.
Es muy importante que, si tenemos una empleada domestica que esta trabajando con nosotros, ademas de conocer las escalas salariales correspondientes, realicemos la inscripcion en AFIP, y la manera es automática.
Trabajador y Empleador, deberán obtener la CUIL por las siguientes vías:
Trabajador:
- En la página Web de ANSeS en el caso de empleados argentinos.
- Personalmente en las Unidades de Atención Integral (UDAI).
Las personas argentinas o extranjeras (con residencia permanente): deberán llevar original y copias de la primera y segunda hoja del DNI, LC, LE y copia de la hoja del domicilio actualizado.
Las personas extranjeras con residencia no permanente en el país: deberán llevar original y copia de residencia expedida por la Dirección Nacional de Migraciones (precaria o temporaria) y copia de documento extranjero que acredite identidad
Empleador:
- En la página Web de ANSeS en el caso de empleados argentinos.
- En las Unidades de Atención Integral (UDAI).
Cuando se termina el trámite, se realiza el aporte con los formularios AFIP 102 Aportes y Contribuciones (volante de pago – Nuevo Modelo y 575 pagos voluntarios) (volante de pago empleados de servicio doméstico únicamente para empleados activos), en los casos que sea necesario. De esta manera el empleado queda inserto en el régimen de seguridad social y de salud.
Respecto a las personas argentinas o extranjeras (con residencia permanente): debe hacerse con el formulario PS 1.4 de ANSeS “Solicitud de CUIL” y original y copias de la primera, segunda hoja del DNI, LC, LE y copia de la hoja del domicilio actualizado.
Las personas extranjeras (con residencia no permanente en el país): con formulario PS 1.2 de ANSeS “Solicitud de CUIL Provisorio”, con copia de residencia (precaria o temporaria) expedida por la Dirección Nacional de Migraciones y copia de documento extranjero que acredite identidad.
Una vez que se realiza el deposito el trabajador debe inscribirse personalmente en la obra social que el desee, son cuatro habilitadas por la Superintendencia de Servicios de la Salud :
Deberá concurrir a la obra social elegida con:
- Copia del CUIL.
- Original y copia de aporte del último mes.
- Original y copia del DNI.
- En caso de empleados extranjeros sin DNI copia de la residencia precaria o temporaria otorgada por Migraciones y copia de documento extranjero que acredite identidad.
En caso de optar por afiliar al grupo familiar deberá abonar $ 24.40 por cada familiar y deberá acreditar en forma fehaciente el grado de parentesco:
- Original y copia de certificado de matrimonio.
- Original y copia de partida de nacimiento de los hijos.
- Certificado de Convivencia, en caso de concubinato.
- Original y copia del DNI de los familiares a cargo.
El blog dedicado a los impuestos. Aquí podrás encontrar información sobre el IVA, el impuesto a las ganancias, el vencimiento de impuestos, los bienes personales, y mucho más. No olvides suscribirte por e-mail para estar al tanto de los últimos artículos.