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Monotributo: Guia de trámites 2012

El Monotributo es el impuesto más difundido entre los pequeños contribuyentes de Argentina. Asi, es uno de los impuestos más difundidos en el país, un régimen simplificado que reemplaza la inscripción en el Regimen General, con el IVA, Ganancias y Aportes Autónomos en una sola cuota. Aquí, le acercamos una Guia de Tramites de Monotributo 2012.

El Monotributo -o Sistema de Régimen Simplificado- consiste en concentrar en un único tributo el ingreso de un importe fijo, el cual está formado por un componente previsional(Seguridad Social) y otro impositivo. Asi, el componente previsional incluye los aportes a la jubilación y los aportes a una obra social para el contribuyente, por lo que el Monotributo además del efecto recaudatorio incluye un efecto social. Seguir leyendo Monotributo: Guia de trámites 2012…

Horario AFIP 2012 atencion al publico

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Disposición Nº 455/2011, publicada el 22 de diciembre de 2011, estableció un nuevo cronograma de horario laboral y de atención al público, que estará vigente para todas las dependencias del Organismo desde el día 1º de enero de 2012.

La normativa estable diferentes horarios de acuerdo a la estación ya que varia en invierno y verano, siendo desde las 9.00 horas hasta las 17.00 horas y entre las 10.00 horas y las 17.00 horas, respectivamente. De acuerdo a la nueva normativa la AFIP dispuso que desde el 1º de enero de 2012 las dependencias de todo el país tendrán un único criterio respecto al horario de atención al público y la banda horaria que deberán cumplir sus empleados como jornada laboral.

Dados los avances tecnológicos que brinda el organismo a los contribuyentes y usuarios aduaneros, hacen que la mayoría de los trámites se generen por conducto informático —Internet— con lo que se tiende al funcionamiento integral de la Administración Federal de manera uniforme”.

De Acuerdo a la Disposición Nº 455/2011, la AFIP estableció un horario diferencial por motivos estacionales:

  • Único Horario de Atención al público:

Entre el 1 de enero y el 30 de abril y el 1 de septiembre y el 31 de diciembre, de lunes a viernes, de 10.00 a 18.00 horas.
Entre el 1 de mayo y el 31 de agosto, de lunes a viernes, de 09.00 a 17.00.

  • Jornada Laboral de los Empleados:

El personal del organismo fiscal tendrá que cumplir una jornada laboral de 8 horas, como regla general, la se deberá cumplir sin interrupción alguna dentro de las bandas horarias fijadas para cada uno de los períodos que en los mismos se mencionan.

Pero el dictamen aclara que estas nuevas medidas no interfieren para nada en las jornadas hábiles operativas aduaneras aprobadas por intermedio de la Resolución General Nº 665 (AFIP) y sus modificatorias.

Inscripcion Empleada Domestica

Es muy importante que, si tenemos una empleada domestica que esta trabajando con nosotros, ademas de conocer las escalas salariales correspondientes, realicemos la inscripcion en AFIP, y la manera es automática.

Trabajador y Empleador, deberán obtener la CUIL por las siguientes vías:

Trabajador:

- En la página Web de ANSeS en el caso de empleados argentinos.

- Personalmente en las Unidades de Atención Integral (UDAI).

Las personas argentinas o extranjeras (con residencia permanente): deberán llevar original y copias de la primera y segunda hoja del DNI, LC, LE y copia de la hoja del domicilio actualizado.

Las personas extranjeras con residencia no permanente en el país: deberán llevar original y copia de residencia expedida por la Dirección Nacional de Migraciones (precaria o temporaria) y copia de documento extranjero que acredite identidad

Empleador:

- En la página Web de ANSeS en el caso de empleados argentinos.

- En las Unidades de Atención Integral (UDAI).

Cuando se termina el trámite, se realiza el aporte con los formularios AFIP 102 Aportes y Contribuciones (volante de pago – Nuevo Modelo y 575 pagos voluntarios) (volante de pago empleados de servicio doméstico únicamente para empleados activos), en los casos que sea necesario. De esta manera el empleado queda inserto en el régimen de seguridad social y de salud.

Respecto a las personas argentinas o extranjeras (con residencia permanente): debe hacerse con el formulario PS 1.4 de ANSeS “Solicitud de CUIL” y original y copias de la primera, segunda hoja del DNI, LC, LE y copia de la hoja del domicilio actualizado.

Las personas extranjeras (con residencia no permanente en el país): con formulario PS 1.2 de ANSeS “Solicitud de CUIL Provisorio”, con copia de residencia (precaria o temporaria) expedida por la Dirección Nacional de Migraciones y copia de documento extranjero que acredite identidad.

Una vez que se realiza el deposito el trabajador debe inscribirse personalmente en la obra social que el desee, son cuatro habilitadas por la Superintendencia de Servicios de la Salud :

Deberá concurrir a la obra social elegida con:

- Copia del CUIL.

- Original y copia de aporte del último mes.

- Original y copia del DNI.

- En caso de empleados extranjeros sin DNI copia de la residencia precaria o temporaria otorgada por Migraciones y copia de documento extranjero que acredite identidad.

En caso de optar por afiliar al grupo familiar deberá abonar $ 24.40 por cada familiar y deberá acreditar en forma fehaciente el grado de parentesco:

- Original y copia de certificado de matrimonio.

- Original y copia de partida de nacimiento de los hijos.

- Certificado de Convivencia, en caso de concubinato.

- Original y copia del DNI de los familiares a cargo.

Como saber si puedo comprar dolares

Las nuevas medidas y requisitos para la compra de dolares, que incluye exhaustivos controles por parte de la AFIP, tiene nerviosos a mucha gente, no solo a especuladores, sino a gente común que busca resguardar sus ahorros mediante la compra de dolares. En este sentido, la AFIP ha creado un nuevo servicio denominado “Consulta de Operaciones Cambiarias”, a la que se accede mediante clave fiscal. Y como no podia ser de otra manera, el dolar paralelo ha dado un salto ampliando la brecha con el dolar oficial.

En el primer dia de los nuevos controles y limites para la compra de dolares, el mercado cambiario ha estado con muy pocas operaciones. En este sentido, ha primado el miedo y el desconocimiento por sobre la especulación. Las casas de cambio amanecieron vacías y con menos inspectores de la AFIP que la semana pasada, y los problemas para operar con el sistema propuesto por la AFIP han sido evidentes en algunos casos, debido al escaso tiempo de implementacion de los mismos.

El dia 31 de Octubre fue oficializada la resolución 3210 de la AFIP, que establece la creación del “Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias” para vender moneda extranjera. En su primer artículo, indica que “las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central deberán consultar y registrar, mediante el sistema informático que se establecerá, el importe en pesos del total de cada una de las operaciones cambiarias”.

Y en el segundo artículo, la resolución agrega que “están alcanzadas con este sistema de consulta y registro las operaciones de venta de moneda extranjera, divisas o o billetes en todas sus modalidades efectuadas por las entidades autorizadas, cualquiera sea su finalidad o destino”.

Sobre las entidades, la medida indica que “para la registración de las operaciones cambiarias” deberán ingresar:

  • el número de CUIT, CUIL, Clave de Identificación (CDI) o tipo y número de documento del cliente,
  • tipo de moneda a adquirir y su destino,
  • el importe en pesos de la operación y el tipo de cambio aplicado.

Con estos datos, la AFIP efectuará evaluaciones sistémicas, en tiempo real, y emitirá la respuesta correspondiente de acuerdo con la información obrante en sus bases de datos. La AFIP podrá autorizar o vetar la compra de divisas de acuerdo al cruce con la información patrimonial del cliente.

Con el nuevo sistema, además del formulario con la declaración jurada que hacen firmar bancos y casas de cambio, ahora se deberán ingresar los datos del solicitante en un formulario a través de Internet y la AFIP debería pronunciarse de manera automática: si da luz verde a la operación, el cajero recibirá la leyenda “Validada“; si no, dirá “Con inconsistencias”.

Como ya era requisito en las casas de cambio, el solicitante deberá llevar su DNI y fotocopia del documento, pero además deberá portar su constancia de CUIT o CUIL de la AFIP. El comprador, si tiene clave fiscal podrá hacer una consulta previa en la parte de “Consulta de Operaciones Cambiarias” del sitio web de la AFIP. El inconveniente es que este mismo site estuvo colapsado en varios momentos del día ante la enorme cantidad de consultas.

En este sentido, he hablado con al menos media docena de personas que han probado el sistema, y a todos le aparece la siguiente leyenda (haga click en la imagen para verlo mejor):

INCONSISTENCIAS: La/El CUIT/CUIL/CDI presentaría insuficiente capacidad económica para realizar la operación cambiaria ingresada

inconsistencias

Ahora bien. En este tema, quedan varias dudas, a saber:

  • ¿que sucede con las remesas familiares del exterior?
  • ¿que sucede con los pagos en cheques que provienen del exterior?
  • ¿que sucede si se niega la autorizacion de compra de divisas? ¿Quien se hace cargo de los daños y perjuicios que puede ocasionar esta operatoria?

Hoy en dia, nadie sabe nada. Ni los bancos, ni los operadores, ni siquiera la propia AFIP. Una vez más, las cosas se hacen a las apuradas y sin un rumbo fijo.

Tambien le puede interesar:

Por ultimo: la vision de CNN de las nuevas medidas cambiarias

AFIP: Vencimientos para Empleadores

Ya sea para las presentaciones, como para el pago de las #mce_temp_url# de las cargas sociales del Sistema de Calculo de las Obligaciones de Seguridad Social, correspondiente a Julio de 2011, a partir del lunes comenzaron los vencimientos de los empleadores. Tambien para SICOSS, Formulario Nº 931, correspondiente al mes de Julio de 2011, dispuesto por la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. Las fechas de vencimientos operan según el Nº de terminación de la Calve de Identificación Tributaria, CUIT.

Los empleadores deberán confeccionar la correspondiente DDJJ de los aportes y contribuciones de las cargas sociales de sus trabajadores del mes de julio de 2011.

Entre el lunes 8 y el viernes 12 de agosto de 2011, dependiendo de la terminación del CUIT, operan los vencimientos para la presentación y el pago del SICOSS, del período Julio de 2011, en las siguientes fechas de acuerdo a la terminación del CUIT:

  • CUIT terminado en 0-1: 08/08/2011.
  • CUIT terminado en 2-3: 09/08/2011.
  • CUIT terminado en 4-5: 10/08/2011.
  • CUIT terminado en 6-7: 11/08/2011.
  • CUIT terminado en 8-9: 12/08/2011.

Anses.gov.ar – Anses.gob.ar

La ANSES es la Administración Nacional de la Seguridad Social. Esta administración está ofreciendo sus servicios en línea desde hace ya varios años. Cualquier persona puede entrar a internet y realizar varias consultar y trámites sin problemas.

Qué se puede hacer en el sitio web del ANSES:

  • El trámite más famoso de todos es el de la Constancia de CUIL. Desde una simple página podrás imprimir la constancia.
  • Clave de la Seguridad Social
  • Certificación Negativa
  • Pensión por fallecimiento de una persona
  • Consulta de Obra Social
  • Otorgamiento de turnos para jubilados
  • Código de Haberes y Descuentos para jubilados
  • Consulta sobre dónde cobra un jubilado/pensionado
  • Consulta de Historial Laboral
  • Seguimiento de Expedientes
  • Consulta de datos personales
  • etc.

Como puedes ver, el portal de ANSES ofrece una gran cantidad de trámites que se pueden realizar desde internet. Si quieres ver la lista de trámites por internet del ANSES, te recomendamos ingresar a la Autopista de Servicios.

Si estás buscando más información, quizás te interese conocer acerca del impuesto a las ganancias, de los ingresos brutos, del IVA o del vencimiento de impuestos. Además, quizás te interese conocer más acerca de la AFIP. Podrás encontrar todo eso y más aquí en Impuestos Blog.

Aumento autonomos minimo $270

Existe un motivo y es la suba a una cifra cercana a $1.450 del haber mínimo jubilatorio, por ello es que el aumento para los trabajadores autónomos comenzará a regir a partir de Septiembre de 2011,  De ésta forma, el pago mínimo pasará a unos $ 270,00, mientras que la más alta superará los $ 1.170,00

Por otra parte, los autónomos que pertenecen al segundo escalón de la tabla de categorías -casi la mayoría de los contribuyentes-, comenzarán a abonar cerca de $375, mientras que ahora la suma que aportan es de 318 pesos.

Además, en lo que respecta a quienes trabajan en relación de dependencia, la suba en la jubilación mínima también elevará a cerca de $16.400 el tope para calcular los aportes que se descuentan de los salarios mensuales.

De esta forma las categorias pasan a quedar conformadas de la siguiente manera:

Categoría I. Aporte mensual de $270 aproximadamente:

  • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20.000.
  • Comerciantes con ingresos anuales hasta 25.000 pesos.
  • Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).

Categoría II. Aporte mensual de $375 aproximadamente:

  • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los 20.000 pesos.
  • Comerciantes con ingresos anuales superiores a 25.000 pesos.

Categoría III. Aporte mensual de $540 aproximadamente:

  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos.

Categoría IV. Aporte mensual de $860 aproximadamente:

  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.

Categoría V. Aporte mensual de $1.170 aproximadamente:

  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los 30.000 pesos.

Es bueno aclarar que dicho aumento también impactará en los empleados en relación de dependencia. La remuneración tope para calcular los aportes de los asalariados se elevaría desde septiembre próximo de $13.878 a $16.400 aproximadamente.

Como el descuento con destino al sistema jubilatorio es del 11% del salario bruto, el importe máximo de la retención pasaría a ser cercana a los $1.800, en lugar de los actuales 1.525 pesos.

Asimismo, en el nuevo esquema, se elevan los montos con destino a la obra social elegida por el trabajador y al PAMI, que equivalen, en cada caso, al 3% de la remuneración. Entre ambos conceptos se destinarán aproximadamente $980, dejando atrás los $831 actuales.

IMT: Indicador Minimo de Trabajadores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la cantidad mínima de personas que deben emplearse en 36 actividades y los consiguientes aportes que se deberán realizar con destino al Sistema Único de Seguridad Social.

Ducha herramienta se denomina Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT), que consiste en un sistema de determinación de oficio de la cantidad de personas que deben emplearse para cada actividad y los consiguientes aportes y contribuciones con destino al Sistema Único de Seguridad Social. La herramienta comenzó a aplicarse en octubre de 2010 y ya fueron relevados 58 actividades económicas y se definió la cantidad de empleados en 36 rubros.

Las siguientes actividades cuentan con el IMT:

· SECTOR CONSTRUCCIÓN VIVIENDA MULTIFAMILIAR
· INDUSTRIA TEXTIL – SECTOR ESTAMPADO
· INDUSTRIA TEXTIL – SECTOR TEÑIDO DE TELA
· INDUSTRIA TEXTIL – SECTOR TEÑIDO DE HILADO
· INDUSTRIA TEXTIL – SECTOR CONFECCIÓN
· SECTOR TURISMO ESTUDIANTIL
· SECTOR DESFILE DE MODAS
· SECTOR FEED LOT
· SECTOR CITRÍCOLA – PRODUCCIÓN LIMONES
· SECTOR CITRÍCOLA – PRODUCCIÓN MANDARINAS Y NARANJAS
· ACTIVIDAD GASTRONÓMICA – RESTAURANTES
· ACTIVIDAD HOTELERA
· JARDINES MATERNALES, DE INFANTES, ESCUELA INFANTIL Y GUARDERIAS
· ESTABLECIMIENTOS GERIÁTRICOS
· SUPERMERCADOS
· ESTACIONES DE SERVICIO Y GNC
· PRODUCCIÓN YERBA MATE
· PRODUCCIÓN FRUTÍCOLA MANZANA Y PERA
· PRODUCCIÓN FRUTÍCOLA DURAZNO
· SECTOR PRODUCCIÓN MANZANA Y PERA
· SECTOR PRODUCCIÓN OLIVOS
· ACEITE DE OLIVA
· ACEITUNAS
· TOMATE
· VID
· BODEGAS
· PAPA
· DESMOTE DE ALGODÓN
· SECTOR PANADERÍAS
· PRODUCCIÓN DE OLIVOS
· ELABORACIÓN DE ACEITE DEOLIVA
· ELABORACIÓN DE ACEITUNAS EN CONSERVA
· CONSTRUCCIÓN VIVIENDA UNIFAMILIAR HASTA 500 M2
· MODELAJE, SECTOR DESFILE DE MODAS
· ELABORACIÓN DE PRODUCTOS DE PANADERÍA
· TAMBOS

Las siguientes actividades están bajo análisis:

· SECTOR CONSTRUCCIÓN COUNTRIES
· MOLINOS HARINEROS
· CEBOLLA
· CALL CENTER
· INDUSTRIA DEL SOFTWARE
· FORESTACIÓN – TALA
· CAÑA DE AZÚCAR
· TABACO
· FRUTILLA
· BANANA
· ARÁNDANO
· BERENJENA
· ZAPALLITO
· EQUINO PARA EL DEPORTE
· HORNOS DE LADRILLOS
· CORTADERO DE LADRILLOS
· SOJA
· TRIGO
· MAÍZ
· AVÍCOLA
· FRIGORÍFICOS
· AJO

Validez de Facturas por Internet

AFIP tiene habilitado un sitio para que los contribuyentes puedan consultar la validez de las facturas electrónicas y otros comprobantes que hayan recibido. Por este sistema podrán verificar si los equivalentes a la clases “A” y “B” tanto sean por las comunes y electrónicas, fueron debidamente autorizados por el organismo fiscal para poder ser utilizados.

La AFIP recordó a los contribuyentes que pueden verificar en Internet si las facturas electrónicas y otros documentos recibidos son válidos.

Por medio de la página Web de la AFIP cualquier contribuyente puede constatar la validez de las facturas electrónicas y otros comprobantes recibidos, mediante accesos directos, y las opciones son:

  • Para consultar la validez de facturas, documentos y comprobantes equivalentes a la clase “A” y “B” que fueron confeccionados a través de una imprenta autorizada, y puede verlo desde aqui
  • Para consultar la validez de las facturas, documentos y comprobantes electrónicos que fueron confeccionados a través de Internet, puede ingresar desde aqui

Vencimientos AFIP Abril 2011

A continuacion les dejamos, según la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, los vencimientos del mes de Abril de impuestos pertenecientes a dicho Organismo, según las fechas que figuran en los cuadros publicados a continuación. Debido a la gran cantidad de impuestos realizamos las publicaciones de los más utilizados. Tener en cuenta que los mismos vence según la terminación del CUIT de cada contribuyente.

Autónomos

Cuit 0-1: 4 de Abril 2011
Cuit 2-3: 5 de Abril 2011
Cuit 4-5: 6 de Abril 2011
Cuit 6-7: 7 de Abril 2011
Cuit 8-9: 8 de Abril 2011

Monotributo

Cuit 0-9: 20 de Abril 2011
Convenio Multilateral

Cuit 0-1: 13 de Abril 2011
Cuit 2-3: 14 de Abril 2011
Cuit 4-5: 15 de Abril 2011
Cuit 6-7: 18 de Abril 2011
Cuit 8-9: 19 de Abril 2011

IVA (DDJJ)

Cuit 0-1: 18 de Abril 2011

Cuit 2-3: 19 de Abril 2011

Cuit 4-5: 20 de Abril 2011
Cuit 6-7: 25 de Abril 2011
Cuit 8-9: 26 de Abril 2011

Empleadores (SICOSS)

Cuit 0-1: 7 de Abril 2011
Cuit 2-3: 8 de Abril 2011
Cuit 4-5: 11 de Abril 2011
Cuit 6-7: 12 de Abril 2011
Cuit 8-9: 13 de Abril 2011

Ganancias Sociedades (DDJJ)

Cuit 0-1: 12 de Abril 2011
Cuit 2-3: 13 de Abril 2011
Cuit 4-5: 14 de Abril 2011
Cuit 6-7: 15 de Abril 2011
Cuit 8-9: 18 de Abril 2011

Ganancia Mínima Presunta (DDJJ)

Cuit 0-1: 13 de Abril 2011
Cuit 2-3: 14 de Abril 2011
Cuit 4-5: 15 de Abril 2011
Cuit 6-7: 18 de Abril 2011
Cuit 8-9: 19 de Abril 2011

Anticipos Ganancias Sociedades / Ganancia Mínima Presunta / Ganancia Personas Físicas / Bienes Personales / Fondo Cooperativo

Cuit 0-3: 13 de Abril 2011
Cuit 4-6: 14 de Abril 2011
Cuit 7-9: 15 de Abril 2011

Retenciones y/o Percepciones (SICORE) – Primera Quincena

Cuit 0-3: 25 de Abril 2011
Cuit 4-6: 26 de Abril 2011
Cuit 7-9: 27 de Abril 2011

Retenciones y/o Percepciones (SICORE) – Segunda Quincena

Cuit 0-3: 11 de Abril 2011
Cuit 4-6: 12 de Abril 2011
Cuit 7-9: 13 de Abril 2011

Bienes Personales – Acciones y participaciones en el capital de Sociedades (Pago)

Cuit 0-1: 13 de Abril 2011
Cuit 2-3: 14 de Abril 2011
Cuit 4-5: 15 de Abril 2011
Cuit 6-7: 18 de Abril 2011
Cuit 8-9: 19 de Abril 2011

Servicio Doméstico

Obligatorio: 11 de Abril 2011
Voluntario: 15 de Abril 2011

Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales (DDJJ)

Cuit 0-1: 14 de Abril 2011
Cuit 2-3: 15 de Abril 2011
Cuit 4-5: 18 de Abril 2011
Cuit 6-7: 19 de Abril 2011
Cuit 8-9: 20 de Abril 2011

Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales (Pago)

Cuit 0-1: 15 de Abril 2011
Cuit 2-3: 18 de Abril 2011
Cuit 4-5: 19 de Abril 2011
Cuit 6-7: 20 de Abril 2011
Cuit 8-9: 25 de Abril 2011


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