En estos tiempos difíciles para los trabajadores, es importante que los mismos conozcan que pueden acceder a un subsidio por desempleo –llamado prestacion por desempleo o, simplemente, fondo de desempleo– siempre que haya cotizado al Fondo Nacional de Empleo durante un período mínimo continuo o discontinuo de:
- Trabajadores Permanentes o con finalización natural del contrato: Seis (6) meses de los últimos 3 años anteriores a la finalización del contrato de trabajo que dio lugar a la situación legal de desempleo.
- Trabajadores contratados a través de empresas de servicios eventuales: Mínimo 12 meses en los últimos 3 años anteriores al cese, o acreditar 90 días de los últimos 12 meses anteriores a la finalización del contrato de trabajo que dio lugar a la situación legal de desempleo.
- Trabajadores de temporada: Mínimo 12 meses en los últimos 3 años anteriores al cese, o acreditar 90 días de los últimos 12 meses anteriores a la finalización del contrato de trabajo que dio lugar a la situación legal de desempleo.
A su vez, no podrán acceder a esta prestación los trabajadores que:
- Perciban Prestaciones Previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Perciban las siguientes prestaciones no contributivas: Programa Asignacion por Hijo, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia Ex Combatientes del Atlántico Sur, Ley 23.848 y Ley 24.892).
- Se encuentren contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
- Perciban a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) una prestación dineraria por accidente de trabajo o enfermedad profesional. No existe incompatibilidad cuando el trabajador deja de percibir la prestación de la ART en razón de producirse el alta médica o la determinación por resolución de un grado de incapacidad permanente definitiva inferior al 66%.
- Pertenezcan a los siguientes regímenes:
- – Trabajo Agrario (se rige por Ley 25.191, Decreto 453/2001 y Resolución MTEySS Nº 543/04).
- – Servicio Doméstico.
- – Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
- – Establecimientos Privados de Enseñanza. (Ley Nº 13047 y Resolución S.S.S. Nº 71/99).
- – Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley 24.521.
Ahora bien. ¿Cual es el Valor del Fondo de desempleo? Sinceramente, a los valores de hoy en día, los importes son casi irrisorios. La cobertura está conformada por una prestación básica (no puede ser inferior a los $250 ni ser superior a $400) y se calcula inicialmente tomando la mitad de la mejor remuneración neta mensual, normal y habitual de los últimos seis (6) meses trabajados.
Durante la vigencia de la Prestación por Desempleo tiene derecho a las Asignaciones Familiares Ordinarias y Extraordinarias y Prestaciones Médico – Asistenciales establecidas por la normativa vigente, compuntandose el período durante el cual se percibió la prestación como antigüedad a los fines previsionales.
La duración de la prestación está en relación con el tiempo efectivamente trabajado y cotizado a la Seguridad Social – Fondo Nacional de Empleo – en los últimos tres años anteriores a la finalización de la relación laboral que dio origen a la situación legal de desempleo, de acuerdo con el siguiente detalle:
Meses cotizados | Cuotas mensuales | Monto a percibir |
---|---|---|
6 a 11 | 2 | Meses 1 al 2 : maximo 400 pesos |
12 a 23 | 4 | Meses 1 al 4 : maximo 400 pesos |
24 a 35 | 8 | Meses 1 al 4: maximo 400 pesos Meses 5 al 8: 85% monto mes 1 |
36 o más | 12 | Meses 1 al 4: maximo 400 pesos Meses 5 al 8 = 85% monto mes 1 Meses 9 al 12 = 70% monto mes 1 |
Aqui le acercamos un video donde podra ver aspectos importantes de la Prestacion por Desempleo
Fondo de Desempleo: requisitos para cobrarlo,
Quisera saber donde hago el reclamo porque no tengo depositado el ultimo mes a cobrar del fondo de desempleo