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Recategorización Monotributo

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A la finalización de cada cuatrimestre calendario -en Mayo, Septiembre y Enero- el pequeño contribuyente inscripto en el Régimen Simplificado de Monotributo deberá calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica consumida en los doce meses inmediatos anteriores, así como la superficie afectada a la actividad en ese momento.

Cuando dichos parámetros superen o sean inferiores a los límites de su categoría actual deberá recategorizarse en la categoría que le corresponda. Las Categorías Monotributo son 5 para la Locación de Servicios y 7 para la Actividad Comercial.

No están obligados a cumplir con la Recategorización en Monotributo:

  • Los responsables que deban permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado
  • Los responsables que desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización no haya transcurrido un cuatrimestre calendario completo.

En los siguientes casos, los contribuyentes no tendrán que tener en cuenta el componente electricidad:

  • Lavaderos de automotores.
  • Expendio de helados.
  • Servicios de lavado y limpieza de artículos de tela, cuero y/o de piel, incluso la limpieza en seco, no industriales.
  • Explotación de kioscos (polirrubros y similares).
  • Explotación de juegos electrónicos, efectuada en localidades cuya población resulte inferior a 400.000 habitantes.

Las fechas para la recategorización del Monotributo son:

  • Del 1 al 7 de Mayo: información desde Mayo a Abril anteriores
  • Del 1 al 7 de Septiembre: información desde Septiembre a Agosto anteriores
  • Del 1 al 7 de Enero: información desde Enero a Diciembre del año anterior

La recategorización se debe hacer online mediante el sistema de Clave Fiscal.

Si tiene Dudas, Consute nuestro Asesor Fiscal

Consulte los Vencimientos 2012 de este impuesto

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5 Comentarios »

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  1. soy monotributista categoria b y debo pasarme a la c por como explicas en esta pagina.
    Que me podes informar con respecto a impuesto a las ganancias que debemos pagar los monotributistas.
    salio a partir de cuando.
    gracias.

    Comentario por graciela — 3 septiembre 2009 #

  2. Aquí tienes el post que lo explica.

    http://impuestosblog.com.ar/retencion-en-pagos-a-monotributistas/

    Muchas Gracias por tu comentario.

    Comentario por Fabian — 3 septiembre 2009 #

  3. [...] AFIP finalmente prorrogó el pago y la recategorización del monotributo. Era una medida esperada por los profesionales en Ciencias Económicas, ya que aun no se encuentra [...]

    Pingback por Vencimiento Pago Monotributo Enero 2010 — 5 enero 2010 #

  4. SOY ONOTRIBUTISTA Y INCREMENTE MI CAPITAL DE TRABAJO ,QUIERO PASARME A RESPONSABLE INSCRIPTO,NO ME LO PERMITE POR ONLINE,QUE DEVO HACER 113-5450587

    Comentario por GUSTAVO GAL — 3 enero 2011 #

  5. Detecté que debí recategorizarme en el mes de mayo a una categoría mayor de monotributo, lo puedo hacer ahora retroactivo? Es a través de la opción Sistema Registral- modificación de datos?
    Gracias

    Comentario por Maria del Carmen — 12 septiembre 2011 #

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