Facturación de cartoneros y recolectores
Publicado por Matias - 23/08/2010 a las 13:44:17
A través de la RG nº 2849 de AFIP (tendrá vigencia a partir del 1º de Octubre de 2010) se aprobó un registro especial en el que deberán inscribirse los responsables inscriptos en el IVA que realicen operaciones de compraventa de materiales a reciclar. Se reglamenta la utilización de un comprobante de compra de materiales a reciclar, que deberá ser emitido por los sujetos que sean recicladores, acopiadores, galponeros ó intermediarios de materiales a reciclar.
Esta nueva disposición modifica la RG nº 1415 de AFIP, que reglamenta el régimen de facturación y registración, a efectos de incorporar el tratamiento a otorgar a los comprobantes que respaldan las compras directas a recolectores de materiales a reciclar, realizadas por los sujetos inscriptos en el registro respectivo, en las siguientes categorías:
- Recicladores: establecimientos industriales que efectúan la transformación de los materiales, en materia prima o productos finales.
- Acopiadores: quienes adquieran y/o reciban materiales provenientes de la recolección, procediendo a su clasificación, acondicionamiento y compactado, intermediando entre los galponeros o los recolectores y los recicladores.
- Galponeros: quienes adquieran y/o reciban materiales provenientes de la recolección, efectuando su clasificación, intermediando entre los recolectores y los recicladores o acopiadores.
- Intermediarios: quienes efectúan la comercialización, cualquiera sea su forma, intermediando con los adquirentes.
Se deberá efectuar la presentación del Formulario 446/C para identificar el punto de emisión de los comprobantes al igual que la registración de las operaciones deberá realizarse en forma individual.
Consulte los Vencimientos 2011 de este impuesto
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Fecha de publicacion: agosto 23, 2010
Categorias: Novedades impositivas, Recaudacion Fiscal, Resoluciones AFIP
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Hola que tal. Tengo una consulta. Yo recolecto varios materiales en mi casa, mas o menos cada 10 o 15 días unos 700 u 800 kg de material ferroso y cartones y lo vendo a un intermediario que le vende a Scrap. ¿ Me afectan esas retenciones a mí o al intermediario? ¿Y, yo podría anotarme para poder venderle directamente a Scrap?
Comentario por pablo — 16 noviembre 2010 #