Exenciones Ingresos Brutos Ciudad de Buenos Aires
Publicado por Fabian - 10/09/2009 a las 20:54:24
El Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene incluída la lista de exenciones para el pago del impuesto a los Ingresos Brutos. Dicha lista es la siguiente.
Están exentos del pago de este gravamen:
- Los ingresos obtenidos por las Bolsas de Comercio y las Bolsa de Cereales.
- Los ingresos provenientes de toda operación sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos por el Estado (nacional, provincial o municipal) como así también las rentas producidas por los mismos
- Toda operación sobre acciones y la percepción de dividendos y revalúos. Los ingresos provenientes de toda operación sobre obligaciones negociables emitidas de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 23.576, la percepción de intereses y actualizaciones devengadas y el valor de venta en caso de transferencia.
- Los ingresos provenientes de la edición de libros, diarios, periódicos y revistas, en todo su proceso de creación, cualquiera sea su soporte (papel, magnético u óptico, u otro que se cree en el futuro), ya sea que la actividad la realice el propio editor o terceros por cuenta de éste, con excepción de las previstas en el inciso b) del artículo 6 de la Ordenanza Fiscal Nº 40.852. Igual tratamiento tiene la distribución y venta de los mismos. Están comprendidos en esta exención los ingresos provenientes de la locación de espacios publicitarios en tales medios (avisos, edictos, solicitadas, etc.)
- Los ingresos obtenidos por los establecimientos educacionales privados incorporados a los planes de enseñanza oficial y reconocidos como tales por las respectivas jurisdicciones.
- Los ingresos de los socios o accionistas de cooperativas de trabajo, provenientes de los servicios prestados en las mismas. Esta exención no alcanza a los ingresos provenientes de prestaciones o locaciones de obras o de servicios por cuenta de terceros, aún cuando dichos terceros sean socios o accionistas o tengan inversiones que no integran el capital societario.
- Los ingresos provenientes de las operaciones realizadas por las fundaciones, las asociaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia social, de educación e instrucción, científicas, artísticas, culturales y deportivas -todas éstas sin fines de lucro-. En estos casos se debe contar con personería jurídica o el reconocimiento o autorización por autoridad competente según corresponda.
- Los ingresos derivados de los intereses y/o actualización de depósitos en caja de ahorro, a plazo fijo y en cuenta corriente.
- Los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias, no organizado en forma de empresa.
- Los ingresos correspondientes al propietario por el alquiler de hasta dos unidades de vivienda y siempre que no se supere el importe que fije la Ley Tarifaria.
- Los ingresos provenientes de las ventas de inmuebles en los siguientes casos:
- a) Ventas efectuadas después de los dos años de su escrituración en los ingresos correspondientes al enajenante, excepto aquéllas realizadas por una empresa o sociedad y por quienes hacen profesión de la venta de inmuebles.
- b) Ventas efectuadas por sucesiones.
- c) Ventas de única vivienda efectuadas por el propietario.
- d) Ventas de inmuebles afectadas a la actividad como bienes de uso.
- e)Venta de lotes pertenecientes a subdivisiones de no más de 5 unidades excepto que se trate de loteos efectuados por una sociedad o empresa.
- f)Transferencia de boletos de compraventa en general, excepto aquellas realizadas con habitualidad o por una sociedad o empresa.
- Los ingresos obtenidos por las exportaciones entendiéndose como tales a las actividades consistentes en la venta de productos, mercaderías y servicios con destino directo al exterior del país efectuadas por el propio exportador o por terceros por cuenta y orden de éste. Esta exención no alcanza a las actividades conexas.
- Los ingresos obtenidos por la explotación de automóviles de alquiler con taxímetros, de hasta tres unidades.
- Los ingresos obtenidos en concepto de honorarios de integrantes de directorios, de consejos de vigilancia y de otros órganos de similar naturaleza.
- Los ingresos obtenidos por la actividad de emisión de radiodifusión y de televisión. La exención sólo comprende a los ingresos obtenidos por los titulares de las licencias concedidas por el Estado para la emisión de radio y televisión.
- Los ingresos obtenidos por el desempeño de actividades didácticas o pedagógicas realizadas en forma individual y directa por personas físicas, no organizadas como empresa, cuyo título habilitante esté oficialmente reconocido.
- Los ingresos que perciben las personas físicas por el desempeño de actividades culturales y/o artísticas.
- Los ingresos de artesanos feriantes, provenientes de las ventas de sus propios productos artesanales.
- Los ingresos provenientes exclusivamente del desarrollo de las siguientes actividades:
- a) Producción Primaria y Minera.
- b) Producción Industrial, unicamente para el caso que la actividad industrial se desarrolle exclusivamente en establecimientos radicados en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires
- c) Los ingresos provenientes de la construcción en esta jurisdicción de inmuebles destinados a viviendas unifamiliares y/o multifamiliares no superiores a la categoría “C”
- d) Provisión de facilidades satelitales y las prestaciones para el desarrollo de las mismas, en el marco del Sistema de Satélite Nacional Multipropósito.
- Las exenciones previstas en los apartados a) y b) del anterior punto no alcanzan a los ingresos obtenidos por las ventas efectuadas a consumidores finales que tienen el mismo tratamiento que el sector de comercialización minorista.
Los contribuyentes o responsables comprendidos en estos artículos no deben presentarse ante la Dirección General para el reconocimiento de la exención, la que opera en todos los casos de pleno derecho.
Sin perjuicio de ello, algunos de los respnsables debe para poder gozar de la exención que se les otorga por el presente artículo, deberán indefectiblemente inscribirse como sujetos exentos del impuesto por todas o algunas de sus actividades.
Consulte los Vencimientos 2011 de este impuesto
Artículos relacionados
- No related posts
56 Comentarios »
RSS feed para los comentarios de esta entrada. TrackBack URI







Hola, una pregunta…
Yo me desempeño como monotributista en la profesión informática, y tengo un título profesional de carrera corta (3 años) en trámite.
Conozco gente que en la misma situación que yo se encuentra exenta de pagar, y a mi no me reconocieron dicho título y me encuentro registrado hace un año y medio en el regimen simplificado
Hasta ahora pagué una sola cuota, y vengo acumulando deuda, pero lo que quiero es que me den la excención por pleno derecho que todo el mundo me dice que estoy en condiciones de pedir…
El tema es que no se con quien hablar!! en el registro civil de uruguay al ¿800? no me lo reconocieron…
Por favor una orientación!!
Muchas gracias!!!!!!
Comentario por Alvaro — 18 septiembre 2009 #
Debe ser un titulo universitario, para que corresponda la exención; “Los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias, no organizado en forma de empresa.”.- Entiendo que el tuyo es terciario, hya radica la diferencia
Comentario por Miguel — 29 octubre 2009 #
en una entidad bancaria me solicitan un certificado de exención de iibb para no hacerme retenciones.
donde lo solicito?
soy profesional de la ciudad de bs as.
gracias.
Comentario por maria — 2 noviembre 2009 #
Si eres profesional estás exento de pleno derecho. Si aun asi no te hacen nada, ve a la DGR y allí deberían imprimirte una constancia
Comentario por Fabian — 2 noviembre 2009 #
recien hable a la dgr y me dijeron algo similar. voy a llevarles el codigo civil y mi constancia de baja de iibb
muchas gracias
Comentario por maria — 3 noviembre 2009 #
doy clases de peluqueria y tengo titulo privado de academias oli ¿debo pagar ing brutos?
Comentario por helen — 5 noviembre 2009 #
tengo un local comercial alquilado a un dentista.me paga 1400 pesos por mes ,¿debo pagar ing. brut.?¿cuanto?
Comentario por mariel — 5 noviembre 2009 #
Una sociedad que realiza explotación de autos de alquiler con taxímetro. En la medida que supera las 3 unidades, abona la tasa del 0.75%? y, sobre que monto, sobre el total de los ingresos o por la parte marginal, es decir, por lo que originan desde la unidad 4 en adelante?
Comentario por jose esteban pedro — 17 febrero 2010 #
soy profesor de ed fisica y quiero saber si estoy exento de ingresos brotos?
Comentario por lalo — 3 marzo 2010 #
Estimado/a:
necesito saber si un Centro Educativo Terapéutico debe estar Exento de Ingresos Brutos. Somos una S.H. Desde ya muchas gracias y a la espera de una pronta respuesta.
Evy
Comentario por Evy — 30 marzo 2010 #
evy, me podes decir donde esta el centro, gracias
Comentario por belen — 23 abril 2010 #
hola, necesito confirmar si en efecto estoy exenta en iibb y si es indistinto, trabaje en capital y/o provincia de bs as
soy psicopedagoga. (profesional universitaria)
Comentario por Ana — 27 abril 2010 #
Hola,
Soy Licenciada en Ciencia Politica, con titulo expedido por la UBA. En el trabajo me piden que pague IIBB porque dicen que la Carrera de Ciencia Politica no esta exenta. Estoy pagando hace 3 meses, pero tengo dudas. Quisera saber si estoy exenta y en dicho caso, donde debo pedir la constancia de exencion?
Muchas gracias
Comentario por Florencia — 14 junio 2010 #
soy empleada administrativa,y habilito cuentas para facturaciones, en muchos caso se generan inconvenientes con los contribuyentes de capital, los PROFECIONALES , como los contadores y abogados.
Que dicen ser exentos. Pero la empresa en la que trabajo es ag.de percepcion y retencion en iibb, y estamos en PROVINCIA DE BUENOS AIRES, tengo entendido que estoy Profecionales son exentos en lo que comprende la Ciudad aut. de bs as.? es asi?
Y no estan exentos de dicho impuesto en Provincia,
muchas gracias y espero una contestacion.
Comentario por viviana — 19 junio 2010 #
Que tal buenas tardes soy Lic. en Seguridad e higiene en el trabajo. me podrian informar si debo pagar ing. brutos tengo domicilio en cap. fed. mi carrera es universitaria.
Comentario por christian — 20 julio 2010 #
¿por que no contratan un contador?
Comentario por sebastian — 30 julio 2010 #
Soy Veterinaria y resido en CABA, debo pagar ingresos brutos? tengo entendido que no, y debo presentar una constancia de por qué no debo pagarlos ante mi nuevo trabajo. Cómo puedo hacer? Gracias
Comentario por Julieta — 2 agosto 2010 #
Mi marido está inscripto en monotributo, y presta servicios de Diseñador Gráfico, siendo su título universitario (UBA), hecho por el cual se encuentra exento de pagar el impuesto.
Ahora, un cliente que resulta ser agente de retención le exige un certificado de dicha exención ¿dónde se expide tal certificado?
¡Muchas gracias!
Comentario por Silvana Pérez — 4 agosto 2010 #
Buenas tardes, quisiera saber si los profesionales UNIVERSITARIOS tambien estan exentos del pago de IIBB en Provincia como lo estan en CABA.
Muchas gracias, Sds
Comentario por Andrea — 5 agosto 2010 #
Buenas tardes. Soy periodista con còdigo 922.000. Soy exenta. Fui a rentas, cuando me inscribì para que me den constancia de exenta y me dijeron que me vaya sin nada pues, por ley, ya quedo exenta. Ocurre que, ahora me piden, en una Instituciòn a la cual facturo constancia de exenciòn. ¿Còmo hago? sabiendo que en Rentas me habìan argumentado no me daban constancia.
Gracias.
Comentario por Ariana — 22 agosto 2010 #
tengo una playa de estacionamiento, que con todo los impuestos y alquiler que pago mas cargas sociales me quedan monedas, pago religiosamente ingresos brutos.- Tengo la mala suerte de compartir una cuenta bancaria con mi marido ingeniero y que gana muy bien, ademas de cobrar algunos alqwuileres. Esos H de P de rentas me sacan el 2,5% de todo lo mio mas lo de mi marido alegremente.- Mi marido cobra en total como $ 20.000 y yo no llego a 4.000.- No es justo que metan la mano en el bolsillo de esta forma, me argumentan qwue los bancos no tienen porque saber cuando uno deposita de quien es la plata, y si no me gusta que haga una cuenta bancaria para cada uno (absurdo total). que hago????
Comentario por lola — 31 agosto 2010 #
Nuestra empresa se dedica a la industria y entiendo de que segun la normativa esta exenta en el impuesto IIBB en CABA ya que no supera los $20000000 anuales, Pero existen 3 problemas. 1º el contador siempre pago el impuesto a una tasa del 1.5% (por error), Ahora me intiman de que debo pagar el 3% desde el año 2003 y todavia no tengo clave ciudad. ¿que debo hacer?. ya que considero no debo pagar lo que me reclaman y debo hacer el tramite para la exencion. les agradeceria su gran ayuda por favor, la empresa es una SRL y el socio gerente esta en el exterior!
Comentario por LUIS — 7 septiembre 2010 #
Estimados:
Soy de un centro educativo terapéutico que pertenece a salud, me encuentro en la Pcia. de Buenos Aires y quería saber si el mismo se encuentra excento o no de I.Brutos
Evy
Comentario por Evy — 16 septiembre 2010 #
Buenosdìas:
Soy editora recibida en la UBA y quiero saber si estoy exenta de pagar i. brutos. Gracias
Comentario por Marìa — 21 septiembre 2010 #
Tengo un amigo que es discapacitado visual. Tiene un comprobante de discapacidad emitido por el ministerio de salud de la nación. Está exento de ingresos brutos en capital federal y en provincia de buenos aires?… GRACIAS!!
Comentario por Fernando — 1 octubre 2010 #
Hola!
Tengo un título intermedio.
La carrera universitaria es Licenciatura en Diseño Gráfico (4 años en universidad privada). Yo tengo el título intermedio que es “Asistente en diseño gráfico” (3 años).
Me sirve este TITULO INTERMEDIO para estar EXENTA de pagar IIBB?
Gracias
Comentario por Paula Lorena — 9 octubre 2010 #
El Banco Ciudad me desconto IB multil cac por el deposito en caja de ahorro de una libranza judicial a instancias de una indemnizacion por despido laboral.Corresponde ?
Comentario por lUIS ALBERTO MOYA — 30 octubre 2010 #
hola! tengo una amiga a la que le dijeron que tiene que hacer el tramite por internet para quedar exenta de pagar un impuesto del 3% que le piden, su madre acaba de vender una vivienda y no sabe como hacer el tramite podrian ayudarma gracias.
Comentario por patricia — 2 noviembre 2010 #
Hola, se puede tener 2 actividades, una exenta y otra que no? y pagar x la que corresponde? como habria que llevar los libros? x que es complicado presentar asi los papeles no?
tambien quisiera saber si se es exento x actividad se tiene que pedir la exencion o con la ley es suficiente, saludos y gracias
Comentario por estela — 30 noviembre 2010 #
Hola, si trabajo en confeccion de cortinas y manteleria por mi cuenta tengo que inscribir en el regimen simplificado, ya lo hice monotributo, algunos me dijeron q no es necesario
Comentario por Carlos — 16 diciembre 2010 #
Buenos días,
Tengo un cliente que está inscripto en Convenio Multilateral (CABA – Pcia Bs.As.), desarrollando la actividad de producción de eventos musicales y teatrales. Quería saber si se aplica la exención de CABA referente a los ingresos de los artistas que desarrollen actividades culturales.
Muchas gracias!
Comentario por Vero — 28 diciembre 2010 #
Hola tengo una fabrica textil en capital federal mis proveedores me hacen percepciones por muchisimo dinero, como puedo evitar esto? estoy inscripto y todo pero me siguen reteniendo en la facturacion! que estoy haciendo mal? que me falta hacer?
gracias
Comentario por Manuel — 31 diciembre 2010 #
Somos una Asociación Civil sin fines de lucro (Club Barrial) con Personería Jurídica otorgada en el año 1.954 mediante Decreto Presidencial; estamos inscriptos en AFIP con categoría de Exento.
Tendrían la gentileza de informarnos si necesitamos una inscripción en Ingresos Brutos; de ser así que requisitos debemos presentar en la Dirección General de Rentas de la CABA.
Comentario por Serafín E. Fernández — 26 enero 2011 #
Hola:
Soy persona fìsica y Alquilo un inmueble a una municipalidad de la Pcia. de Buenos Aires por $ 10.000 por mes me corresponde tributar ingresos brutos?
gracias.
Comentario por francisco — 20 febrero 2011 #
hola si tengo una revista, esta esta exenta , pero en una empresa me piden el certificado de exenta … debo figurar como exenta? tengo que hacer algun tramite ? gracias
Comentario por valeria — 24 febrero 2011 #
Buenas tardes. Los contacto para saber que trámite y requisitos debo realizar para la exencion de profesionales en CABA de los IIBB. Estoy realizando el tramite del monotributo y lei que se exige el numero de IIBB para emitir factura C. COn la exencion ya estaría? Si tengo algun cliente en provincia de buenoas aires. Debo pagar o estoy exento tambien?
Comentario por Romina — 12 marzo 2011 #
soy musico monotributista ,quiero saber si mi exencion de pagar ingresos brutos es de DERECHO y si es asi cual es la ley o articulo
muchas gracias
s
Comentario por sebastian — 14 marzo 2011 #
Soy fonoaudíologo universitario,soy monotributista,exento del pago de Ingresos Brutos.
En una Obra Social me exigen una constancia de esa execión,¿dónde la extienden?
Jorge
Comentario por Jorge Olmos — 17 marzo 2011 #
Hola, necesitaba saber que impuestos debe abonar una agencia de loteria y si existe algún régimen especial respecto del impuesto sobre los ingresos brutos o algún otro aspecto.
Muchas Gracias
Gloria
Comentario por Gloria — 4 abril 2011 #
Ingreso como monotributista para el manejo de un taxi que es propiedad de un familiar directo. Esa persona no paga ingresos brutos yo Si?
Comentario por alfredo — 6 abril 2011 #
Hola, soy musicoterapeuta (univ) además percibo una renta de un pequeño campo en cordoba que esta alquilado… por esta actividad emito factura y pago monotributo… tengo domicilio en capital… debo pagar iibb en capital? estoy exento por profesional?
muchas gracias por su asistencia
Comentario por Miguel — 9 mayo 2011 #
la consulta e sla siguinete:
abri una caja de ahorro en dolares en banco SantanderRio por la venta d emi unica vivienda y me han debitado el 3.5% de ingresos brutos. Yo esoy en regimen simplificado Monotribustista. en la pagina dice que las operaciones por unica vivienda estan exceptuadas, si es asi como puede ser que me hayan debitado el 3.5% y como tendria que hacer el reclamo.
muchas gracias
Comentario por Emiliano Cantarella Marcovecchio — 19 mayo 2011 #
Hola, soy profesora de educacion fisica y quisiera saber si estoy exenta del pago de ingresos brutos.
Comentario por Florecia — 24 mayo 2011 #
Buenas,
soy músico. quiero inscribirme en monotributo para poder facturar a la productora que me contrata para tocar en sus shows. Tanto yo como la productora tenemos domicilio en CABA. Estoy exento de IIBB? Los músicos afiliados a Sadem (sindicato de músicos) y a AADI (Asoc. Argentina de Intérpretes) somos considerados músicos profesionales independientemente de si tenemos títulos universitarios, pero no estoy seguro si Rentas nos reconoce como profesionales.
Muchas Gracias.
Comentario por Caro Moussou — 3 junio 2011 #
Hola les hago la siguiente consulta. Tengo una sociedad de hecho con un socio y recibimos un subsidio de la Nación para desarrollar un proyecto.
El subsidio debe pagar ingresos brutos?
Comentario por Andres — 14 junio 2011 #
Hola,la consulta es la siguiente.Mi señora es Fonoaudiologa y tiene ,con una socia (psicologa), un centro educativo terapeutico pertenece a salud trabaja con chicos discapacitados en la zona de castelar pcia.de Buenos Aires quisiera saber si estan exentas de ingresos brutos y de IVA.Trabajan con obras sociales .desde ya muchas gracias.
Comentario por gabriel — 12 julio 2011 #
mi señora tiene un centro educativo terapeutico,trabaja con chicos discapacitados,que pertenece a salud en la pcia.de bs.as. quisiera saber si esta exenta de ingresos brutos
Comentario por gabriel — 14 julio 2011 #
soy abogada y estoy inscripta en monotributo, y me inscribieron en iibb pcia. de buenos aires, estube incluida en arbanet, quiero saber si esto es correcto o puedo pedir la excencion en iibb
Comentario por MARIA — 16 julio 2011 #
hola soy licenciada en psicopedagogia,titulo obtenido por la universidad C.A.E.C.E
QUIERO SABER SI TENGO QUE PAGAR INGRESOS BRUTOS,YA ME ANOTE EN MONOTRIBUTO.
Comentario por marcela — 6 agosto 2011 #
perdon aclaro que el titulo es universitario de
lic. en psicopedagogia
Comentario por marcela — 6 agosto 2011 #
Caro Moussou, no estás exento del pago de IIBB en CABA. La exención es clara, rige para profesionales universitarios egresados en carreras de duración mayor a 4 años. Cualquier duda mi mail es pablo20061@hotmail.com. Saludos
Comentario por Pablo — 7 agosto 2011 #
Florecia sólo están exentos los profesionales universitarios de carreras de duración mayor a 4 años. Cualquier duda mi mail es pablo20061@hotmail.com. Saludos.
Comentario por Pablo — 7 agosto 2011 #
¿LA ACTIVIDAD DE REMIS ESTA EXENTA EN INGRESOS BRUTOS DE C.A.B.A.? DESDE YA GRACIAS
Comentario por SUSANA MARIA — 14 agosto 2011 #
estimados
soy licenciada en letras de la academia de toulouse en francia y ejerzo como preofesora en empresas de capital federal, como debo hcer para tener la excension de pago de IIBB? soy argentina pero mi titulo no está convalidado.
muchas gracias,
CZubiaurre
Comentario por cristina — 18 agosto 2011 #
Cristina, si tu título no está convalidado no estás exenta. Igualmente tenés en cuenta por más que te lo convaliden debe ser de una carrera con plan de estudios superior a los 4 años.
Cualquier consulta mi mail es pablo20061@hotmail.com
Saludos
Comentario por Pablo — 27 septiembre 2011 #
Susana María, la actividad de remis no está exenta en CABA. Sí lo está el taxi hasta tres autos.
Comentario por Pablo — 27 septiembre 2011 #