El impuesto a las ganancias incluye una serie de deducciones, algunas generales, como todos los gastos necesarios para conseguir las ganancias gravadas, y otras particulares, como lo son las Deducciones Personales 2013.
Estas deducciones personales incluyen el Minimo no Imponible 2013, las cargas de familia y la deducción especial. Vamos por partes. El MÃnimo No Imponible representa el importe que el contribuyente necesita para vivir, para gastos personales y de esparcimiento. La novedad es que si bien, la suma es poco menos que simbólica, siendo de $ 12.960.- anuales, y sin cambios desde hasta ahora unos 2 años, en un contexto de inflación del 25% anual…….
Cuando, Cuánto y Para Quienes Sube el Piso del Minimo No Imponible de Ganancias:
Pero la novedad se da en que la Presidente Cristina Fernández de Kirchner acaba de anunciar el aumento del 20% del mÃnimo no imponible del Impuesto a las Ganancias que recién será desde el 1 de Marzo de 2013. Fijando el nuevo piso salarial desde el que deberán tributar sube a ($8.360 brutos) para un trabajador soltero y de ($11.563 brutos) para el trabajador casado con 2 hijos.
Cuando Deben Comenzar a Tributar:
El aumento del piso será del 20% en el mÃnimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para los asalariados de la cuarta categorÃa del tributo. Esto hace que, un trabajador soltero recién tributará cuando gane $8.360 en bruto recién ahà les corresponderá tributar el gravamen y el trabajador un casado con 2 hijos, recién deberán empezar a tributar cuando ganen ($11.563) en bruto.
Asà la Presidente anunciaba que el Gobierno ha decidido subir el piso del mÃnimo no imponible para trabajadores de la Cuarta CategorÃa del tributo en un 20% desde el 1 de Marzo. En el salario bruto de un trabajador soltero, el mÃnimo no imponible sube a ($8.360) y un trabajador casado con 2 hijos, sube a ($11.563).
Piso Actual del Minimo No Imponible:
Hasta ahora el piso del minimo no imponible desde el que los trabajadores deben empezar a tributar es en el caso de un asalariado soltero desde ($5.800) netos y en el caso de los asalariados casados con 2 hijos es desde ($8.700) netos.
Además de reflejar que con esta suba del piso del mÃnimo no imponible, el Estado deja de ingresar más de $8.000 millones a las arcas del Estado. La fecha fijada es desde el próximo 1 de Marzo tendrán que tributar en Ganancias al estar en la Cuarta CategorÃa de contribuyentes solamente deberán hacerlo el 17,48% de los trabajadores asalariados y el 82,52% de los asalariados en relación de dependencia serán los que estén excluidos de tributarlo.
Algo que también resaltó la Presidenta y que puede que sea el anuncio de una modificación semántica es el hecho de que el impuesto no tendrÃa que llamárselo a las “Ganancias” la definición correcta es a los “Altos Ingresos”.
Por su parte, las deducciones por cargas de familia solo pueden ser tomadas si el familiar a cargo no posee ingresos anuales mayores a $12.960.-. En caso de conyuge, debe estar legalmente casado para que se pueda proceder a su deducción. Los hijos, por su parte, deben ser menores a 24 años o discapacitados.
Los montos de la deducción por carga de familia son:
- Conyuge: $ 14.400.- (¿El conyuge necesita más dinero que el contribuyente para vivir, en qué paÃs???)
- Hijos: $ 7.200.-
- Nieto o Bisnieto: $ 5.400.-
- Padre, madre o abuelos: $ 5.400.-
- Hermanos: $ 5.400.-
- Suegro, yerno o nuera: $ 5.400.-
Por último, la Deducción especial le corresponde a los siguientes casos:
- Cuando el contribuyente realice el pago de aportes que como trabajador autónomo le corresponda ingresar, la deducción será de $ 12.960.-
- Cuando se trate de ganancias por el desempeño de cargos públicos. trabajo en relación de dependencia. jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie, el monto de la deducción ascenderá a $62.208.-
El importe tope a deducir, por el año 2013, por lo abonado a los trabajadores domésticos en concepto de contraprestación por sus servicios y los pagados para cancelar las contribuciones patronales para el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, cuyo lÃmite máximo a considerar será de $ 12.960.
Cómo calcular las Retenciones del Impuesto a las Ganancias:
El Impuesto a las Ganancias es un impuesto anual. Esto significa que el cálculo se hace una vez al año, pero se pagan anticipos a cuenta todos los meses. Esto sucede en la Cuarta categorÃa-la afectada por los anuncios del piso del minimo no imponible-, donde existen las tablas de deducciones cuyos montos se van acumulando mes a mes, indicando al empleador las retenciones que debe hacer de acuerdo a la sumatoria de todos los salarios percibidos hasta la fecha. AsÃ, la sumatoria incluye tanto el salario mensual como los aguinaldos, y es por ello que muchas veces al cobra el SAC se dispara la retención del impuesto.
Volviendo a la forma de cálculo de las Retenciones a Empleados, la misma no es muy dificil, y le acercamos una simple formula para que usted tenga una idea, ya que todo va a depender de las deducciones que usted pueda realizar informandolas al empleador. Pero la formula básica es la siguiente:
Sumatoria de Salarios e Ingresos a la fecha
( -) menos
deducciones acumuladas según las tablas a la fecha
( =) igual
Importe neto sujeto al Impuesto a las ganancias
(x) por
Alicuota de Ganancias de acuerdo al nivel de ingresos
(=)
retención acumulada a la fecha
Especial Cuarta categorÃa:
- Monto MÃnimo de Retención Empleados
- Devolución de Impuesto a las ganancias
- MÃnimo No Imponible
- Régimen Simplificado Cuarta CategorÃa
- Tabla de Deducciones Cuarta categorÃa
- Deducciones Personales Ejercicio 2012
Por último, le acercamos un excelente video provisto por la Consultora Valautio donde indica la incidencia, entre otros tributos, del Impuesto a las Ganancias en la Actividad Empresaria Argentina:



hola. yo estoy en pareja hace 7 años y tengo dos hijas. el descuento que me hacen del impuesto a las ganancias es como soltera. que tramite debo hacer para que me descuenten como casada teniendo en cuenta que tengo dos hijas?
Buenos dÃas, estoy tramitando mi jubilación. En que momento debo presentar la declaración de cargas de familia y otros para ganancias. Al presentar los papeles no me aceptaron certificados tanto de matrimonio como hija menor de 24. Por lo que pude leer me tomarán como soltero, pero como el monto no es menor desearÃa saber si existe algun formulario especÃfico para Anses o es el mismo de activos. Muchas gracias.
Ana vos sos docente?? y con esas faltas ortográficas??? Hace daño a la vista leer tu comentario.