Deducciones personales y Cargas de Familia Ganancias 2012-2013

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El impuesto a las ganancias incluye una serie de deducciones, algunas generales, como todos los gastos necesarios para conseguir las ganancias gravadas, y otras particulares, como lo son las Deducciones Personales 2013.

Estas deducciones personales incluyen el Minimo no Imponible 2013, las cargas de familia y la deducción especial. Vamos por partes. El Mínimo No Imponible representa el importe que el contribuyente necesita para vivir, para gastos personales y de esparcimiento. La novedad es que si bien, la suma es poco menos que simbólica, siendo de $ 12.960.- anuales, y sin cambios desde hasta ahora unos 2 años, en un contexto de inflación del 25% anual…….

Cuando, Cuánto y Para Quienes Sube el Piso del Minimo No Imponible de Ganancias:

Pero la novedad se da en que la Presidente Cristina Fernández de Kirchner acaba de anunciar el aumento del 20% del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias que recién será desde el 1 de Marzo de 2013. Fijando el nuevo piso salarial desde el que deberán tributar sube a ($8.360 brutos) para un trabajador soltero y de ($11.563 brutos) para el trabajador casado con 2 hijos.

Cuando Deben Comenzar a Tributar:

El aumento del piso será del 20% en el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para los asalariados de la cuarta categoría del tributo. Esto hace que, un trabajador soltero recién tributará cuando  gane $8.360 en bruto recién ahí les corresponderá tributar el gravamen y el trabajador un casado con 2 hijos, recién deberán empezar a tributar cuando ganen ($11.563) en bruto.

Así la Presidente anunciaba que el Gobierno ha decidido subir el piso del mínimo no imponible para trabajadores de la Cuarta Categoría del tributo en un 20% desde el 1 de Marzo. En el salario bruto de un trabajador soltero, el mínimo no imponible sube a ($8.360) y un trabajador casado con 2 hijos, sube a ($11.563).

Piso Actual del Minimo No Imponible:

Hasta ahora el piso del minimo no imponible desde el que los trabajadores deben empezar a tributar es en el caso de un asalariado soltero desde ($5.800) netos y en el caso de los asalariados casados con 2 hijos es desde ($8.700) netos.

Además de reflejar que con esta suba del piso del mínimo no imponible, el Estado deja de ingresar más de $8.000 millones a las arcas del Estado. La fecha fijada es desde el próximo 1 de Marzo tendrán que tributar en Ganancias al estar en la Cuarta Categoría de contribuyentes solamente deberán hacerlo el 17,48% de los trabajadores asalariados y el 82,52% de los asalariados en relación de dependencia serán los que estén excluidos de tributarlo.

Algo que también resaltó la Presidenta y que puede que sea el anuncio de una modificación semántica es el hecho de que el impuesto no tendría que llamárselo a las “Ganancias” la definición correcta es a los “Altos Ingresos”.

Por su parte, las deducciones por cargas de familia solo pueden ser tomadas si el familiar a cargo no posee ingresos anuales mayores a $12.960.-. En caso de conyuge, debe estar legalmente casado para que se pueda proceder a su deducción. Los hijos, por su parte, deben ser menores a 24 años o discapacitados.

Los montos de la deducción por carga de familia son:

  • Conyuge: $ 14.400.- (¿El conyuge necesita más dinero que el contribuyente para vivir, en qué país???)
  • Hijos: $ 7.200.-
  • Nieto o Bisnieto: $ 5.400.-
  • Padre, madre o abuelos: $ 5.400.-
  • Hermanos: $ 5.400.-
  • Suegro, yerno o nuera: $ 5.400.-

Por último, la Deducción especial le corresponde a los siguientes casos:

  • Cuando el contribuyente realice el pago de aportes que como trabajador autónomo le corresponda ingresar, la deducción será de $ 12.960.-
  • Cuando se trate de ganancias por el desempeño de cargos públicos. trabajo en relación de dependencia. jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie, el monto de la deducción ascenderá a $62.208.-

El importe tope a deducir, por el año 2013, por lo abonado a los trabajadores domésticos en concepto de contraprestación por sus servicios y los pagados para cancelar las contribuciones patronales para el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, cuyo límite máximo a considerar será de $ 12.960.

Cómo calcular las Retenciones del Impuesto a las Ganancias:

El Impuesto a las Ganancias es un impuesto anual. Esto significa que el cálculo se hace una vez al año, pero se pagan anticipos a cuenta todos los meses. Esto sucede en la Cuarta categoría-la afectada por los anuncios del piso del minimo no imponible-, donde existen las tablas de deducciones cuyos montos se van acumulando mes a mes, indicando al empleador las retenciones que debe hacer de acuerdo a la sumatoria de todos los salarios percibidos hasta la fecha. Así, la sumatoria incluye tanto el salario mensual como los aguinaldos, y es por ello que muchas veces al cobra el SAC se dispara la retención del impuesto.

Volviendo a la forma de cálculo de las Retenciones a Empleados, la misma no es muy dificil, y le acercamos una simple formula para que usted tenga una idea, ya que todo va a depender de las deducciones que usted pueda realizar informandolas al empleador. Pero la formula básica es la siguiente:

Sumatoria de Salarios e Ingresos a la fecha

( -) menos

deducciones acumuladas según las tablas a la fecha

( =) igual

Importe neto sujeto al Impuesto a las ganancias

(x) por

Alicuota de Ganancias de acuerdo al nivel de ingresos

(=)

retención acumulada a la fecha

Especial Cuarta categoría:

Por último, le acercamos un excelente video provisto por la Consultora Valautio donde indica la incidencia, entre otros tributos, del Impuesto a las Ganancias en la Actividad Empresaria Argentina:

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