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Comisiones en las Cuentas Sueldo

La Ley 26.590, que modifica el artículo 214 de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), establece que no se podrán cobrar comisiones de ningún tipo en las cuentas Sueldo de los empleados.

Se establece que la cuenta sueldo bajo ningún concepto podrá tener límites de extracciones, ni costo alguno para el trabajador, en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada.

La autoridad de aplicación podrá disponer que en determinadas actividades, empresas, explotaciones o establecimientos o en determinadas zonas o épocas, el pago de las remuneraciones en dinero debidas al trabajador se haga exclusivamente mediante alguna o algunas de las formas previstas y con el control y supervisión de funcionarios o agentes dependientes de dicha autoridad. El pago que se formalizare sin dicha supervisión podrá ser declarado nulo.

En todos los casos el trabajador podrá exigir que su remuneración le sea abonada en efectivo.

Consulte los Vencimientos 2012 de este impuesto

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1 Comentario »

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  1. Hola, que pasa con el impuesto al cheque y esta modificacion de la ley? es decir, si yo deposito un cheque emitido a mi persona en mi cuenta sueldo, es correcto que me cobren este impuesto? saludos y gracias

    Comentario por Diego — 23 julio 2010 #

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