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Recaudacion Fiscal. Archivos de la categoría ‘Recaudacion Fiscal’

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Aumento ABL Capital – Buenos Aires 2012

El Gobierno de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires tiene previsto para el año que viene una aumento en el ABL 2012 del orden del 30%.

El ascenso en el monto de la tasa está incluido en el Presupuesto del año 2012 que el Ministerio de Hacienda porteño tiene pensado ejecutar. Los argumentos manifestados por las autoridades es que la subida dispuesta en 2008, que en algunos casos fue de hasta un 300%, no fue suficiente y por ende el proyecto tributario contempla subas graduales año a año. La actualización de impuestos es para el Gobierno una de las prioridades a corto plazo para poder reducir su actual déficit.

El ABL está congelado desde 2008 a diferencia de otros impuestos locales que reflejan la inflación, como Patentes (que aumenta junto al valor de los autos) o el de Ingresos Brutos (que está directamente relacionado con la facturación de los comerciantes).

Recordemos que el ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza) es una tasa calculada en base al índice VIR (Valor Inmobiliario de Referencia) en donde se utiliza un coeficiente compuesto por la valuación del barrio o zona, así como la de los edificios por sus destinos constructivos, características y materiales, el potencial de edificación, dependiendo de la superficie. Es por ello que las zonas en teoría con mejor nivel de vida de la Capital se verán afectados en mayor medida por la nueva disposición.

Arbanet

ArbaNet es una herramienta de cobro que utiliza la entidad recaudadora Arba (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires) para el pago de Ingresos Brutos y la presentación de las declaraciones juradas a los contribuyentes, es decir, que se orienta principalmente a empresas de pequeño y mediano tamaño que tributan en la provincia de Buenos Aires.

Especificando en detalle los usuarios que pueden utilizar este servicio, encontramos a los mencionados en el primer párrafo y se excluyen los contribuyentes que inicien actividad con fecha posterior a la implementación de este sistema, teniendo que tributar fuera del esquema de preliquidación durante los primeros seis meses. Luego, si corresponde, se incorporarán al régimen.

Ahora bien, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA, mediante la Resolución Normativa Nº 024/11, realizó modificaciones en ARBANet, el tan polémico cálculo online de anticipos en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, que deben cumplir aquellas empresas y particulares que facturan hasta $25.000.- por mes.

Por un lado, amplio la información requerida y por otro en un nuevo marco acortó el plazo para modificar el monto del pago a cuenta establecido por el organismo recaudador provincial. Es decir, a través de la Resolución 024/11 ARBA amplió la información que deben presentar mensualmente los contribuyentes que están obligados a utilizar el mecanismo de pagos a cuenta online, ARBANet.

Como ya sabemos, ARBANet es el sistema por el cual los contribuyentes que facturan hasta $25.000.- por mes deben obtener y cancelar el anticipo en los ingresos brutos.

ARBA mediante la nueva norma obligará a los contribuyentes incluidos en el padrón de ARBANet a que todos los meses declaren:

  • Total de ingresos gravados, no gravados y exentos.
  • Total de retenciones y percepciones sufridas en el gravamen.

Anteriormente esto sólo se debía informar si el contribuyente realizaba alguna modificación al importe a pagar establecido por el sistema, ahora el detalle es obligatorio.

Cabe aclarar que esta nueva obligación deberá cumplirse para la cancelación de los anticipos que vencieron durante el mes de mayo.

Recaudación AFIP Octubre 2010

afip2

El Fisco argentino está de fiesta. Se han conocido los resultados de la Recaudación Impositiva AFIP Octubre 2010, y no podrían ser mejores. El mes pasado la recaudación volvió a crecer, esta vez de la mano de los derechos de exportación, la recaudación del IVA y las contribuciones patronales.

Así, en octubre se recaudaron $ 36.077,5 millones, lo que representa un 36,6% más que los $ 26.416,9 millones que se habían reunido en octubre del 2009. En los primeros 10 meses del año, ya se recaudaron $ 335.338 millones, lo que supera la meta fijada para todo el año , que se fijó en el Presupuesto 2010 en $ 320.000 millones.

Por impuestos, como no podía ser de otra manera en un sistema tributario regresivo, el que mayor peso tiene es el IVA. El mes pasado, el Impuesto al Valor Agregado le permitió al Fisco recaudar $ 10.123 millones, que representan un aumento del 31,8% con respecto al mismo mes del año pasado.

En tanto, el impuesto a las Ganancias le reportó al Fisco ingresos por $ 6.150 millones, un 25,8% más que en octubre de 2009.

En importancia le siguen los derechos aduaneros. Precisamente estos fueron los que más crecieron en términos interanuales. Los derechos de exportación aumentaron un 66%, ya que pasaron de $ 2.963 millones a $ 4.918 millones, mientras que los de importación aportaron $ 1.024 millones. En total , fueron $ 5.942 millones los recaudados a través de los impuestos al comercio exterior. Este es un récord histórico, logrado gracias al aumento de los precios de los commodities y de la recuperación de las cosechas.

Por otra parte, gracias a los aumentos salariales otorgados y a las nuevas escalas salariales, el mes pasado la Seguridad Social (destinados a la Anses) aportó $ 8.651 millones, un 31,7% más que en octubre de 2009.

En plena discusión sobre las salideras bancarias y la necesidad de bancarizar a la población, el impuesto al cheque le permitió al Gobierno embolsar $ 2.457 millones, un 38,9% más que hace un año.

Facturación de cartoneros y recolectores

A través de la RG  nº 2849 de AFIP (tendrá vigencia a partir del 1º de Octubre de 2010) se aprobó un registro especial en el que deberán inscribirse los responsables inscriptos en el IVA que realicen operaciones de compraventa de materiales a reciclar. Se reglamenta la utilización de un comprobante de compra de materiales a reciclar, que deberá ser emitido por los sujetos que sean recicladores, acopiadores, galponeros ó intermediarios de materiales a reciclar.

Esta nueva disposición  modifica la RG nº 1415 de AFIP, que reglamenta el régimen de facturación y registración, a efectos de incorporar el tratamiento a otorgar a los comprobantes que respaldan las compras directas a recolectores de materiales a reciclar, realizadas por los sujetos inscriptos en el registro respectivo, en las siguientes categorías:

  • Recicladores: establecimientos industriales que efectúan la transformación de los materiales, en materia prima o productos finales.
  • Acopiadores: quienes adquieran y/o reciban materiales provenientes de la recolección, procediendo a su clasificación, acondicionamiento y compactado, intermediando entre los galponeros o los recolectores y los recicladores.
  • Galponeros: quienes adquieran y/o reciban materiales provenientes de la recolección, efectuando su clasificación, intermediando entre los recolectores y los recicladores o acopiadores.
  • Intermediarios: quienes efectúan la comercialización, cualquiera sea su forma, intermediando con los adquirentes.

Se deberá efectuar la presentación del Formulario 446/C para identificar el punto de emisión de los comprobantes al igual que  la registración de las operaciones deberá realizarse en forma individual.

Pago de deudas fiscales con espacios publicitarios

Se introdujeron modificaciones al procedimiento para que los medios de comunicación soliciten la cancelación total de sus deudas fiscales y previsionales, realizando el pago a través de espacios publicitarios.

La Secretaría de Medios de Comunicación será la encargada de concretar acuerdos con los titulares de los medios de comunicación para la cancelación total de sus deudas fiscales y previsionales correspondientes a obligaciones vencidas al día 31/12/2008 mediante la dación en pago de espacios publicitarios.

Posteriormente, la Resolución Conjunta 132/2010 y 2807 de AFIP reglamentó el procedimiento para posibilitar a los contribuyentes cancelar sus deudas líquidas y

Esta nueva Resolución Conjunta introduce modificaciones en la normativa de los procedimientos, por ejemplo, se dispone la posibilidad de suscribir una prórroga del “Convenio de Ejecución”, si quedara deuda pendiente de cancelación luego de haber transcurrido el plazo de 60 meses de servicios de publicidad.

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