Buscar:

Planes de Facilidades. Archivos de la categoría ‘Planes de Facilidades’

A continuación puedes leer artículos que los autores categorizaron con la temática Planes de Facilidades. Puedes navegar a traves de ellos pulsando en su titulo

Planes de Pago OSECAC – Sindicato de Empleados de Comercio

En el reciente acuerdo salarial 2011, tanto el Sindicato de Empleados de Comercio como las camaras del sector han acordado mantener el regimen de beneficios por deudas al gremio que estaba vigente

La cláusula en cuestion es aquella por la que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, a requerimiento de las Cámaras Empresarias firmantes, asume el compromiso de gestionar:

a) Ante OSECAC, que la referida Obra Social de la actividad otorgue en los planes de pago los plazos máximos en las condiciones que permite la AFIP para el cumplimiento de los aportes y contribuciones.

b) Ante las entidades de primer grado adheridas a la Federación, requerir a las mismas que otorguen en las financiaciones por deudas de capital en concepto de cuotas sindicales que con ellas mantengan las empresas que desarrollan su actividad en esa zona de actuación según las siguientes condiciones:

1) El Empleador podrá acordar pagar en tres, seis, doce, dieciocho o veinticuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas con la tasa de interés equivalente al 50 % de las que percibe la AFIP para las deudas impositivas. El importe de las cuotas (capital e interés) se fijará a partir de un mínimo de $ 100 por mes.

2) Si la deuda de capital e intereses declarada fuese superior a $30.000 (pesos treinta mil) podrá convenirse un plan de pagos por un mayor número de cuotas nunca inferior a $400 (pesos cuatrocientos) por cuota.

c) La Faecys acordará las facilidades indicadas, a quienes lo soliciten antes del 30 de noviembre de 2011, con respecto a las contribuciones adeudadas del 3,5% con destino al Seguro de Retiro Complementario y lo adeudado por el artículo 100 del CCT 130/75.

Moratoria Rentas AGIP Ciudad de Buenos Aires 2010

clientes-logos-rentas

La Ciudad de Buenos Aires finalmente ha aprobado una gran moratoria para las deudas de los contribuyentes contraídas por todos los impuestos que cobra la jurisdicción.

De esta manera, se han dado a conocer los términos de los Planes de Facilidades de Pago para todos los impuestos de la Ciudad, entre los que se incluyen ABL, patentes e Ingresos Brutos.

La Moratoria de Capital 2010 durará 45 días, y todo el trámite se podrá realizar por Internet, a través de la Clave Ciudad.

Las claves de la Moratoria son:

  • Se podrá pagar hasta en 60 cuotas
  • Las cuotas mínimas serán de $ 50.- para deudas de ABL y Patentes y de $ 150.- para deudas de Ingresos Brutos.
  • El Costo de financiación será sumamente bajo: 1,5% mensual para planes de 49 a 60 cuotas, 1,25% para los de 37 a 48 pagos, 1% para los de 13 a 36 y 0,75% para los de hasta 12 meses.

Además, habra descuentos de los intereses devengados por pago en efectivo:

  • Si el contribuyente paga el 20% de la deuda en efectivo, se descontarán el 100% de los intereses
  • Si paga el 15%, se descontará el 75% de los intereses
  • Si paga el 10%, el descuento será del 50% de los intereses
  • Si paga el 5% en efectivo, se le descontará el 25% de los intereses devengados

Una buena oportunidad para los que deben, una nueva desilusión para los que se esfuerzan y pagan.

Deudas tributarias de pequeños productores de maíz y trigo

En el boletín con fecha 06/05/2010,  la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) dispuso mediante la RG (Resolución General) nº 2824 un nuevo mecanismo para que los pequeños productores de maíz y trigo puedan cancelar sus obligaciones tributarias, según las nuevas disposiciones del Gobierno Nacional.

Esta medida establecida por el Estado denominada
“régimen de compensación “tiene previsto que los productores cuya producción no hubiera superado las 800 toneladas anuales de trigo y 1240 toneladas anuales de maíz en la temporada de cosecha 2009/2010, podrá abonar sus deudas líquidas con los ingresos que le correspondan por los derechos de exportación.

Los interesados deberán presentar una declaración jurada ante la ONCCA  (Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario) , detallando sus incumplimientos tributarios.

Aclaramos que sólo este ente podrá dictaminar la cancelación de la deuda, es por ello que se recomienda hacer uso del beneficio, dado que hasta tanto, no se suspenderá ni interrumpirán las acciones tendientes al cobro.

AFIP Moratoria 2009-2010: nuevo Plan de Facilidades de Pago

moratoria

Se dice que el establecimiento de muchas moratorias no son buenas para el buen desempeño fiscal de los contribuyentes. A pesar de ello, la AFIP lanzó una nueva moratoria, casi por sorpresa.

La nueva moratoria permitirá a los contribuyentes regularizar deudas impositivas, previsionales y aduaneras que hayan contraído desde enero de 2008 hasta el 31 de octubre pasado.  El período para sumarse al plan de facilidades de pago estará abierto hasta el 28 de febrero. Las deudas podrán ser canceladas en hasta 24 cuotas con una tasa de interés del 9,6 por ciento anual.

El plan apuntaría a deudas vencidas por un total de 8.465 millones de pesos en deudas contraídas por cerca de 800 mil contribuyentes, según precisaron los funcionarios en el Palacio de Hacienda.

El jefe de la AFIP comentó que el nuevo plan también permitirá reformular los planes de pago que se encuentran vigentes, y se pueden incluir todo el complejo de deudas, con excepción de los anticipos del impuesto a las ganancias, alcanzando al 100% de los contribuyentes.

Para ingresar al plan de facilidades de pago, lo deberá hacer utilizando la Clave Fiscal, opción Mis Facilidades

Planes de Facilidades de Pago ARBA Provincia de Buenos Aires

arba

ARBA, la Agencia fiscal de la Provincia de Buenos Aires, ha otorgado algunos beneficios -excepcionales según sus autoridades- para aquellos contribuyentes que tengan planes de pago caducos.

La norma establece que hasta el 31 de diciembre de 2009 se podrá reingresar a los regímenes de regularización de deudas fiscales otorgados a partir del 1° de enero de 2000, cuya caducidad hubiese operado durante este año.

Para ello, los contribuyentes que quieran gozar del beneficio deberán ingresar hasta el 31 de diciembre de 2009 -mediante una única liquidación- el importe correspondiente a la totalidad de las cuotas vencidas, adicionando al mismo el interés calculado desde su vencimiento original hasta la fecha de pago, con más el capital de la totalidad de las cuotas a vencer.

Una nueva oportunidad para los morosos, ya que todos conocemos las formas poco ortodoxas y extremadamente agresivas de ARBA para cobrarse los impuestos

El blog dedicado a los impuestos. Aquí podrás encontrar información sobre el IVA, el impuesto a las ganancias, el vencimiento de impuestos, los bienes personales, y mucho más. No olvides suscribirte por e-mail para estar al tanto de los últimos artículos.

Registrate a Impuestos Blog y consigue toda la actualidad en impuestos y asignaciones familiares por correo

Este blog funciona gracias a WordPress | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

FinancialRed.com | Canal Argentina