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Noticias. Archivos de la categoría ‘Noticias’

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Pago de deudas fiscales con espacios publicitarios

Se introdujeron modificaciones al procedimiento para que los medios de comunicación soliciten la cancelación total de sus deudas fiscales y previsionales, realizando el pago a través de espacios publicitarios.

La Secretaría de Medios de Comunicación será la encargada de concretar acuerdos con los titulares de los medios de comunicación para la cancelación total de sus deudas fiscales y previsionales correspondientes a obligaciones vencidas al día 31/12/2008 mediante la dación en pago de espacios publicitarios.

Posteriormente, la Resolución Conjunta 132/2010 y 2807 de AFIP reglamentó el procedimiento para posibilitar a los contribuyentes cancelar sus deudas líquidas y

Esta nueva Resolución Conjunta introduce modificaciones en la normativa de los procedimientos, por ejemplo, se dispone la posibilidad de suscribir una prórroga del “Convenio de Ejecución”, si quedara deuda pendiente de cancelación luego de haber transcurrido el plazo de 60 meses de servicios de publicidad.

Impuestos para Recicladores

La RG nº 2849 de la AFIP ha establecido hace unos días la creación de un registro para sujetos que intervengan en la comercialización de materiales a reciclar. La misma establece un régimen de información, regímenes de retención del IVA y Ganancias.

Características principales de la medida:

Registro de comercializadores de materiales a reciclar
Deberán inscribirse en este registro los sujetos inscriptos en el IVA que realicen operaciones de compraventa de los siguientes materiales a reciclar:

  • papel y cartón
  • vidrio
  • plástico
  • metales ferrosos o no ferrosos

Régimen de retención del IVA
Deben actuar como agentes de retención los sujetos que encuadren en las categorías de Acopiadores, Galponeros o Intermediarios.
Las retenciones se practicarán a los sujetos que comercializan dichos productos, y que sean responsables inscriptos en el
IVA. Se deberán aplicar las siguientes alícuotas de retención

  • 10,5% para los Acopiadores, Galponeros e Intermediarios inscriptos en el registro
  • 21% para los sujetos que no se encuentren inscriptos en el registro o que se estén suspendidos

Régimen de retención del Impuesto a las Ganancias
Deberán actuar como agentes de retención por las operaciones de compra de materiales a reciclar los Acopiadores, Galponeros y los Intermediarios.
Las retenciones deberán practicarse sobre el importe total de cada pago, aplicando las siguientes alícuotas:

  • sujetos inscriptos en el impuesto a las ganancias y en el Registro: 4%,
  • sujetos inscriptos en el impuesto a las ganancias y suspendidos o no inscriptos en el Registro: 20%,
  • sujetos que no están inscriptos en el impuesto a las ganancias: 30%.

Extensión de plazos para Tarjetas de Crédito

La AFIP (Administración Federal de Impuestos) extendió el plazo hasta el día 14 del segundo mes inmediato al período informado para que las firmas responsables de la emisión de tarjetas de crédito cumplan con el régimen de información solicitada por el ente recaudador.

La información obligatoria que se exige a estas entidades es la siguiente:

  • Datos de las empresas adheridas al sistema de tarjeta de crédito, indicando los importes totales de las operaciones realizadas.
  • Datos de los titulares, adicionales y beneficiarios de extensiones de las tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país, indicando el monto total de los consumos realizados. Esta información deberá suministrarse únicamente cuando el total de operaciones sea igual o superior a $ 3.000.
  • Datos de los titulares de las tarjetas de crédito emitidas en el exterior, indicando el monto de los consumos realizados.

Aclaramos que esta disposición, explayada en detalle en la RG 2837, modifica el antiguo régimen que establecía que la información debía ser presentada hasta el día 26 del mes inmediato siguiente al del período informado.

Cambio en la registración de de las Cargas Sociales

A partir del 1º de Junio del corriente año, las cargas sociales de las empresas deberán ser registradas o computadas como gastos, a los efectos de la determinación de los coeficientes del Convenio Multilateral.

El número de esta nueva resolución, sancionada por la Comisión Arbitral, es la 4/2010 con fecha 31 de mayo de 2010. LA RG que regía anterior a esta disposición era la nº 26/2008 que establecía que las cargas sociales tienen conceptos de naturaleza tributaria y por ende forman parte de los tributos nacionales encuadrando por ende como gasto no computable.

Con esta nueva medida queda invalidada la anterior descripta, por lo que a partir de ahora se considerarán a las mismas como un parámetro válido para la medición de la actividad desarrollada en cada jurisdicción, por lo que deben ser computadas como gastos.

Sólo resta aclarar que teniendo en cuenta los comportamientos históricos de la Autoridad de Aplicación (CA), no debería asombrar a los contribuyentes que en la proximidad, dicha comisión realice cambios en sus criterios de sancionabilidad.

Recaudación Fiscal récord en Mayo 2010

El principal instrumento de recaudación del Estado Nacional arrojó cifras por demás alentadoras, alrededor de un 44.2% por encima del registro interanual de 2009.

Uno de los principales eslabones que produjeron este aumento en la recaudación fue la percepción del Impuesto a las Ganancias, que aumentó 76 % en términos interanuales para redondear unos 11.400 millones de pesos, siendo el motor de esta dinámica la mayor actividad económica, y los salarios que son alcanzados al no corregirse el mínimo no imponible.

Las
exportaciones hicieron lo suyo también para contribuir con el crecimiento, los ingresos por retenciones a las exportaciones aumentaron 47 por ciento, para rondar los 4.300 millones de pesos, mientras que los tributos a la importación avanzaron 43,5 por ciento, hasta los 790 millones.

En lo que respecta a los aportes laborales, los Aportes Personales y Contribuciones Patronales desarrollaron un ascenso del 41.7% y 28% respectivamente. Otro de los datos a destacar fue que la cifra del quinto mes del año también representa una nueva marca histórica en dólares, debido a que por primera vez supera los 10.000 millones de dólares.

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