Todos los trabajadores en relación de dependencia, que se encuentran registrados en el sistema formal, realizan aportes previsionales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Una vez que usted comienza a trabajar queda integrado al régimen del Estado, único sistema previsional vigente.
Bajo el número de CUIL, el empleador deberá realizar aportes que posibilitarán el goce de derechos y beneficios a los trabajadores. Algunos de ellos son: el cobro de las Asignaciones Familiares, la posibilidad de cobrar un seguro en caso quedar desempleado, o una pensión por invalidez. Además, el trabajo registrado permitirá que en el futuro, la persona pueda acceder a una jubilación al momento del fin de la vida laboral. Seguir leyendo Anses: Tramites y Asignaciones Familiares…
La megadevaluación de 2002 y el cambio en el modelo económico, por un lado, y la fuerte demanda global de las commodities que produce nuestro país modificaron drásticamente un mapa salarial que se volvió muy desigual.
Las profesiones vinculadas a minería, sistemas, energía, banca y finanzas, pesca y transporte encabezan ahora el ranking de salarios promedio, según un estudio de la Universidad de Belgrano. Hay profesiones, como las de cirujanos y anestesistas, muy bien pagas, aunque otras actividades de la salud disminuyen el promedio. Los sueldos varían también según las provincias. Seguir leyendo Ranking de las actividades mejor pagadas de Argentina…
Llevarse bien con el Fisco es algo que todos deberíamos hacer. Más allá de la veta moral del pago de los impuestos en su vencimiento, yo creo que debemos llevarnos bien simplemente porque, si no pagamos, podemos tener grandes dolores de cabeza en el futuro.
El Sistema Tributario Argentino está federalizado. Esto es, hay algunos impuestos que son de índole nacional, y otros provinciales. Los impuestos federales, o nacionales, son lo que son manejados por la AFIP. Luego, cada jurisdicción provincial tiene su propia agencia tributaria. Las más importantes, tanto por su tamaño como por los recursos que manejan, son ARBA (en la Provincia de Buenos Aires) y AGIP (en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires). Luego, aparecen las agencias tributarias de las provincias de Cordoba, Santa Fe y Mendoza.
La Constitución Nacional es clara cuando dice que impuestos los puede cobrar la Nacion y cuales las Provincias. Aquí le transcribimos el Articulo 4 de la Carta magna: “El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional formado del producto de derechos de importación y exportación, del de la venta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de Correos, de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso General, y de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación, o para empresas de utilidad nacional.”
Usted se preguntara: ¿se cumple la Constitucion? Al menos en esta parte, corre el dicho “hecha la ley, hecha la trampa”. Resulta que otra parte de la Constitucion habilita la delegación de funciones por parte de las provincias al Gobierno Central. Esto se ha hecho con muchos de los impuestos que hoy en día cobra la AFIP.
Las Provincias pueden crear impuestos siempre y cuando no se contradigan con las facultades delegadas al Gobierno Central. En este tipo de facultades delegadas, las provincias tienen el derecho de cobrar parte de esos impuestos. Aqui es donde aparece la Coparticipacion Federal -muy criticada desde hace años- por medio de la cual el cobro de los impuestos delegados en la Administracion Federal (la AFIP), se reparte por intermedio de porcentuales preestablecidos de acuerdo a diversos factores, como ser, poblacion, nivel economico, etc de cada provincia.
Esperando que les haya quedado un poco mas claro el tema de los impuestos en Argentina, aquí le detallaremos todos los vencimientos de impuestos para el año calendario 2011.
Ahora, luego de las malas noticias del pago de los impuestos, le dejamos un fragmento del programa de Alejandro Dolina, “La Venganza será terrible”, donde habla de la AFIP. No se lo pierda.
Todas las personas que tengan inscriptas al Personal Domestico (o sea, en blanco), deben abonar una suma fija correspondiente a los aportes y contribuciones del Regimen de Servicio Domestico.
En este sentido, y de la mano de un aumento en las escalas salariales del Personal Doméstico, la AFIP ha decretado un aumento en las sumas a abonar correspondientes al año 2011. Recordemos que estos aportes se abonan con el Formulario F 102/B.
Aquí le traemos los importes a abonar por el empleador:
Conceptos (para un horario de trabajo de 16 horas o más semanales):
Aquí les acercamos los vencimientos que obrarán en este mes de Diciembre de 2010. Un servicio para que no olvide de presentar las Declaraciones Juradas de sus Impuestos (y el correspondiente pago), y recuerde que si no realiza la presentación de sus Impuestos en fecha, existe una sanción automática de $ 200, de la que no podrá salvarse si no cumple con el fisco en su oportunidad. Nuestro consejo es presentar la DDJJ del impuesto siempre en fecha, aunque no tengamos el dinero para abonarlo.
Esta es la Agenda de vencimientos de los principales impuestos del Mes de Diciembre:
Impuesto a las Ganancias:
Anticipos 10 a 1º Personas Jurídicas: 15, 16 y 17 de diciembre
Anticipo 4 Personas Fisicas: 15 de diciembre
IVA:
Declaración Jurada Periodo 11/10: del 13 al 15 de diciembre
Monotributo:
Obligación Mensual 12/10 : 20 de diciembre
Seguridad Social:
Autónomos 11/10: del 6 al 10 de diciembre
Aportes Empleadores: del 6 al 10 de diciembre
Ingresos Brutos CABA
Regimen Simplificado – SICOL: del 15 al 22 de diciembre
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