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Autónomos. Archivos de la categoría ‘Autónomos’

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Vencimiento de Impuestos AFIP Noviembre 2009

Aquí le acercamos los vencimientos de los impuestos AFIP, ARBA y AGIP para el mes de Noviembre de 2009. Para que no se le pase:

IVA
DDJJ Periodo 10-2009: del 18 al 24 de Noviembre

Impuesto a las Ganancias
Anticipo 1 a 10 Sociedades: del 12 al 18 de Noviembre

Monotributo
Periodo 11-2009: 9 de Noviembre

Empleadores – SIJP
DDJJ Periodo 10-2009: del 9 al 13 de Noviembre

Autónomos – Jubilación
Periodo 11-2009: del 3 al 9 de Noviembre

Ingresos Brutos CABA
Regimen Simplificado – SICOL: del 13 al 19 de Noviembre

Ingresos Brutos Pcia de Buenos Aires
ARBANET: del 10 al 16 de Noviembre

Vencimiento de Impuestos AFIP Diciembre 2009

Aquí le acercamos los vencimientos de los impuestos AFIP para el mes de Diciembre de 2009. A no olvidarlos.

IVA
DDJJ Periodo 11-2009: del 18 al 24 de Diciembre

Impuesto a las Ganancias
Anticipo 1 a 10 Sociedades: del 14 al 18 de Diciembre
Anticipo 3 Personas Físicas: del 14 al 16 de Diciembre

Bienes Personales
Anticipo 3 Personas Físicas: del 14 al 16 de Diciembre

Monotributo
Periodo 12-2009: 7 de Diciembre

Empleadores – SIJP
DDJJ Periodo 11-2009: del 7 al 14 de Diciembre

Autónomos – Jubilación
Periodo 12-2009: del 3 al 10 de Diciembre

Ingresos Brutos CABA
Regimen Simplificado – SICOL: del 14 al 18 de Diciembre

Ingresos Brutos Pcia de Buenos Aires
ARBANET: del 10 al 16 de Diciembre

Reempadronamiento y Categorías de Autónomos

La AFIP ha lanzado a principios del año pasado un nuevo régimen de cotización de las obligaciones mensuales de los trabajadores autónomos. El nuevo esquema contempla las siguientes categorías:

  • Categoría I.
  • Amas de casa
  • Ex agentes de la Administración Pública
  • Jubilados Ley 24.241
  • Menores de 18 a 21 años
  • Afiliaciones voluntarias
  • Actividades comerciales con ingresos menores o iguales a $25.000
  • Actividades que constituyan locaciones o prestaciones de servicios con ingresos menores a $20.000
  • Categoría II.
  • Actividades comerciales con ingresos mayores a $25.000
  • Actividades que constituyan locaciones o prestaciones de servicios con ingresos mayores a $20.000
  • Categoría III.
  • Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos menores a $15.000
  • Categoría IV.
  • Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos de entre $15.000 y $30.000
  • Categoría V.
  • Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos mayores a $30.000

Todos los autónomos podrán optar por una categoría superior a la que le corresponda. Si un autónomo realiza más de una actividad, para determinar el grupo de actividad deberá considerar aquella por la que obtenga los mayores ingresos y para determinar los límites de ingresos brutos deberá considerar los obtenidos por la totalidad de las actividades que desarrolla.

Las recategorizaciones se realizan en los meses de Marzo y Septiembre de cada año, y cada recategorización llevará implícito una actualización equivalente a la actualización automática de los haberes de los jubilados actuales. Esto es, si los haberes jubilatorios aumenta un 7%, el importe de la cotización del autónomo se verá incrementada en la misma medida.

Descuentos en Impuestos con Pago con débito automático

La AFIP, hace ya unos años, ha creado un incentivo para todos aquellos contribuyentes que paguen en término mediante el sistema de débito automático en tarjeta de crédito o en cuenta bancaria.

El reintegro se hará de periodicidad anual, y el importe será el equivalente al monto del impuesto integrado mensual. Este reintegro se será efectuado automáticamente durante el mes de enero de cada año, mediante la acreditación en cuenta bancaria adherida al servicio o en la tarjeta de crédito respectiva.

En caso de haber efectuado su adhesión a este régimen durante el primer semestre del año, solo se procederá al reintegro del 50% correspondiente a ese año. En caso de hacerlo en el segundo semestre, no habrá reintegro por ese año.

Este régimen se encuentra disponible para los impuestos del Monotributo y la cuota del Régimen Nacional de Trabajadores Autónomos, y en realidad es una buena opción. Sin embargo, tenga en cuenta que si usted le da los datos de su tarjeta o de su cuenta bancaria a la AFIP, el organismo podrá controlarlo de manera mucho más fácil.

Vencimientos AFIP Agosto 2009

billetes pèsos argentinos

Aquí les acercamos los vencimientos que obrarán en este mes de Agosto de 2009. Un servicio para que no olvide de presentar las Declaraciones Juradas de sus Impuestos (y el correspondiente pago), y recuerde que si no realiza la presentación de sus Impuestos en fecha, existe una sanción automática de $ 200, de la que no podrá salvarse si no cumple con el fisco en su oportunidad.

Esta es la Agenda de vencimientos de los principales impuestos del Mes de Agosto:

Bienes Personales:

  • Anticipo 2: 13, 14 y 18 de Agosto

Impuesto a las Ganancias:

  • Anticipo 2 Personas Físicas: 13, 14 y 18 de Agosto
  • Anticipos 10 a 1º Personas Jurídicas: 13, 14 y 18 de Agosto
  • Informe para Fines Fiscales. F780 Cierre: del 12 al 19 de Agosto
  • Declaración Jurada para Cierres en marzo 2009: del 12 al 19 de Agosto

IVA:

  • Declaración Jurada Periodo 7/09: del 18 al 24 de Agosto

Monotributo:

  • Obligación Mensual 8/09 : 7 de Agosto

Seguridad Social:

  • Autónomos 7/09: del 3 al 7 de Agosto
  • Aportes Empleadores: del 7 al 13 de Agosto

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