Asignaciones Familiares 2018: nuevos montos y tope ¿cuanto cobro Agosto?

El aumento en las Asignaciones Familiares ya rige y espera al próximo aumento, actualizando los montos y tope 2018, si bien puede haber algún anuncio del Gobierno de Macri sobre algún aumento más. Si cobran alguna de las Asignaciones Familiares y la AUH ya pueden consultar Anses ¿cuánto cobro?.

 

Anses Aumento Asignaciones Familiares en Agosto 2018: ¿cuanto cobro?

 

Asignaciones Familiares 2018: nuevos montos y topes ¿cuanto cobro Agosto?

 

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ANSES confirmó las fechas de pago de los próximos meses de la segunda parte del año y los montos que deben subir en Junio cobran un segundo aumento de 5,69%.
Hasta Cuándo Rige el Aumento:

 

  • El aumento que entra en vigencia, rige hasta la próxima suba en Septiembre 2018 
A partir de la nueva ley de movilidad, establece hasta 4 actualizaciones anuales-aumentos- de los haberes para:
  • Junio -tomando los datos de Octubre a Diciembre del año pasado-
  • Septiembre-los datos del primer trimestre de 2018-
  • Diciembre -las variables del segundo trimestre de 2018-.
Pueden Consultar el Calendario de Pago AQUI

Próximo Aumento Asignaciones: Montos desde Septiembre 2018

Cuándo Aumentan:

A partir del 1º de Septiembre 2018

Hasta Cuándo Rige el Aumento:

El aumento que entra en vigencia, rige hasta la próxima suba en Diciembre 2018.

Que Asignaciones Suben:

  • Asignaciones por Nacimiento
  • Asignación por Adopción
  • Asignación por Matrimonio
  • Asignación por Cónyuge para jubilados
  • Asignación Universal por Hijo y por Embarazo para Protección Social
  • AUH Discapacitado

Aumento Monto Ayuda Escolar Anual:

Dicha Ayuda Escolar la cobran los:

  • Empleados en relación de dependencia
  • Titulares del Fondo de Desempleo
  • Titulares de AUH
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor

Montos Aumento Asignación por Hijo del SUAF:

Rangos de IGF

  • Rango I
  • Rango II
  • Rango III
  • Rango IV

 

¿Cuánto Cobro por la AUH?

  • Por la AUH se cobra por cada hijo menor de 18 años y hasta un máximo de 5 hijos
  • Por hijos con discapacidad la AUH No tiene límite de edad.

 

Anses Fecha de Cobro Asignaciones Familiares: Junio 2018

 

 

 

En la primera fecha cobran las trabajadoras que están bajo Licencia por Maternidad.

 

Los trabajadores en relación de dependencia e independientes beneficiarios de Asignaciones Familiares -unos 4 millones- se verán afectados por el cambio de fórmula de movilidad.

Monto Ayuda Escolar 2018:

 

  • El monto es actualizado en base a la Ley de Movilidad de las Asignaciones Familiares, que se aplica cuatro veces en el año.
  • El índice de ajuste lo conforma un 70% la variación por inflación y un 30% por la variación de los sueldos de los empleados estatales.
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¿Cuándo Cobro?

En Marzo, al iniciar las clases

Para cobrar la Ayuda Escolar Anual, deben completar y presentar el Formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial / Formación”, antes del 31 Diciembre de cada año.

Ayuda Escolar Anual Quiénes Cobran:

La Ayuda Escolar es una asistencia del Estado a:

  • Trabajadores formales
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor
  • Los desocupados
  • Trabajadores informales que cobran la AUH.

 

ANSES Montos y Rangos de AAFF 

Nuevos montos y rangos de ingreso del grupo familiar para:

  • Trabajadores formales
  • Monotributistas
  • Jubilados y Pensionados ¿Cuándo Cobro? AQUI

AAFF por Hijo e Hijo con Discapacidad ¿Cuándo Cobro? AQUI

Asignaciones Familiares por Hijo ¿Cuándo Cobro? AQUI

Asignaciones Familiares por Hijo con Discapacidad

Asignaciones Familiares por Hijo e Hijo con Discapacidad para Monotributistas

 

Bono Compensador:

Dicho conjunto de beneficiarios no cobra el bono compensador de Marzo 2018.

Los trabajadores con ingresos mensuales de hasta $21.921:

Cobran la asignación más alta, como una AUH ($1412). Dicho monto en Marzo subirá a $1492, en vez de $1607, como debería ser bajo la anterior fórmula.

En el año, la diferencia será de $791.

Anterior Fórmula:

En Marzo $1606

Total Anual $19.490

Nueva Fórmula:

En Marzo $1492

Total Anual $18.699

Diferencia Anual:

-$791

Los trabajadores que ganen hasta $32.152:

Por mes cobran $950 por hijo.

La Asignación Familiar en Marzo subirá a $1004

La Asignación Familiar en Junio subirá a $1060

Con la anterior fórmula, la actualización de Marzo sería de $1081.

En el año, la diferencia en el bolsillo es de $532 aproximadamente.

Anterior Fórmula:

En Marzo $1081

Total Anual $13.113

Nueva Fórmula:

En Marzo $1004

Total Anual $12.581

Total Anual -$532

Los trabajadores con ingresos de hasta $37.120:

Cobran $572 por hijo pasarán a cobrar $604 en Marzo

En Junio cobrarán a $638.

Con la anterior fórmula, la suba de Marzo hubiera sido 13,8%, cobrando a $650.

Anterior Fórmula:

En Marzo $650

Total Anual $7895

Nueva Fórmula:

En Marzo $604

Total Anual $7575

Diferencia Anual -$320

Los trabajadores que cobran hasta $73.608:

Cobran $293 por hijo.

Desde Marzo 2018, cobrarán $309

En Junio, cobrarán $326.

Con la anterior fórmula derogada, la asignación familiar hubiera cobrado $333 en Marzo 2018

Anterior Fórmula:

En Marzo $333

Total Anual $4044

Nueva Fórmula:

En Marzo $309

Total Anual $3875

Diferencia Anual -$168

ASIGNACIONES FAMILIARES, ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO Y POR EMBARAZO PARA PROTECCIÓN SOCIAL

 

  • Rangos y Montos para las Asignaciones Familiares
  • Para las Asignaciones por Adopción, Nacimiento y Matrimonio
  • Montos para las Asignaciones Universales

 

ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA,
TITULARES DE LA PRESTACIÓN DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO, DE LA
PRESTACIÓN POR DESEMPLEO, DE LAS PENSIONES HONORÍFICAS DE VETERANOS Y
JUBILADOS Y PENSIONADOS

Para el pago de las Asignaciones Familiares se toma en cuenta el “Ingreso del Grupo Familiar” (IGF) consiste en la suma de todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar:

 La suma de las remuneraciones brutas de los trabajadores en relación de dependencia registrados,
 Más la Asignación Familiar por Maternidad / Maternidad Down (en caso de corresponder);
 Excluyendo las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo;
 Más las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio doméstico,
 Más los haberes de jubilación y pensión,
 Más el monto de la Prestación por Desempleo,
 Más Planes Sociales,
 Más las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole.
Si un integrante del grupo familiar percibe un importe superior a ($ 47.393.-) brutos, se excluye del cobro de asignaciones familiares al grupo familiar.

TOPES DE INGRESO DEL GRUPO FAMILIAR VIGENTES

 Tope Mínimo de Ingreso del Grupo Familiar
 Tope Máximo de Ingreso del Grupo Familiar
 Tope Máximo de cada integrante del Grupo Familiar

QUÉ SE TOMA EN CUENTA PARA EL PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES

El monto de las asignaciones familiares estará dado:

 Para los Trabajadores en Relación de Dependencia, por la zona geográfica de explotación
declarada por el empleador ante AFIP.
 Para los Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se
encuentren bajo relación de dependencia, por su domicilio de residencia.
 Para los Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares
de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, por su domicilio de residencia.

 

 

* 80% en la liquidación normal.
** 20% acumulado de la Asignación Universal por Hijo e Hijo con Discapacidad contra la presentación de
la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación y DDJJ del Adulto Responsable.
20% acumulado de la Asignación por Embarazo para Protección Social contra la presentación del
Formulario “Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social” con los rubros 1 y 3
debidamente cumplimentados, adjuntando además la constancia de Inscripción en el Plan Nacer/
Programa SUMAR del recién nacido y la Partida de Nacimiento o Certificado de Defunción/Interrupción
del Embarazo.

QUIÉNES PERCIBEN ESTAS ASIGNACIONES

1: Trabajadoras en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del
Trabajo y Trabajadoras en Casas Particulares (Servicio Doméstico).

2, 3, 4 y 5: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos
del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo y Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

5*, 6*, 7* y 8*: Trabajadores Monotributistas de las categorías A, B, C, D, E, F, G, H e I.

6, 7, 8 y 9: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos
del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo, Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema
Integrado Previsional Argentino, Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico
Sur.
7* y 8*: Trabajadores Monotributistas de las categorías J y K. La Ayuda Escolar Anual sólo corresponde en el caso de Hijo con Discapacidad.

10: Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de
Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

11, 12 y 13: Titulares de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social.

14: Titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

VALOR GENERAL

Montos de Asignaciones Familiares para:

Trabajadores en Relación de Dependencia registrados y Titulares de la Prestación de la Ley
de Riesgos del Trabajo (ART) que realizan sus actividades en todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en todo el país a
excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares.

Titulares de la Prestación por Desempleo que residan en todo el país.
Trabajadores Monotributistas que residan en todo el país.

Montos de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social para los Titulares que
residan en todo el país a excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares.

 

ZONA 1

Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y
Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, que realizan sus actividades en:

La Pampa

Río Negro

Neuquén

En los departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa

Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas)

Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas)

Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris)

Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes)

Departamento San Carlos (Distrito Pareditas)

Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Benegas)

Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida);

Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas)

Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.

Montos de Asignaciones Familiares para Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado
Previsional Argentino (SIPA) y para los que sean Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en:

La Pampa

Chubut

Neuquén

Río Negro

Santa Cruz

Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico Sur

Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

Montos de la Asignación Universal por Hijo, Hijo con Discapacidad y Embarazo para Protección
Social para los Titulares que residan en:

La Pampa

Chubut

Neuquén

Río Negro

Santa Cruz

Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico Sur

Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

ZONA 2 

Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y
Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART), que realizan sus actividades en:

Chubut.

 

ZONA 3 

Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y
Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART), que realizan sus actividades en:

Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera Catamarca)

Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy)

Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.

 

ZONA 4

Montos de Asignaciones Familiares por Hijo y Prenatal para trabajadores en relación de dependencia registrados y Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART) que realizan sus actividades en:

Santa Cruz

Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Exclusión del Grupo Familiar para Cobrar:

El cobrar un ingreso que supere el tope uno de los integrantes del grupo familiar, automáticamente excluye al grupo del cobro de las Asignaciones Familiares, aunque con la suma de sus ingresos no supere el tope máximo del tope fijado.

 

Qué Ingresos se Consideran:

 

Según el Decreto 1667/2012, publicado en el Boletín Oficial el 13 de Septiembre 2012, deben considerarse como ingresos a:

  • Las remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados,
  • Las rentas de referencia para trabajadores autónomos y monotributistas,
  • Las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo a las:
    • Prestaciones por desempleo (Ley 24.013 y Ley 25.191).
    • Jubilaciones y pensiones (Ley 24.241).
    • Prestaciones por riesgos del trabajo (Ley 24.557).
    • Asignación por maternidad (Ley 24.714, Art. 11).

Los topes previstos No son aplicables para la liquidar Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad, ni para determinar el valor de la Asignación por Maternidad de la trabajadora.

Aquellos que trabajen el Sector Público Nacional, desde Enero 2013 tienen derecho a las Asignaciones Familiares en forma directa cobrándolas vía ANSES por el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

Asignación Para Ayuda Escolar:

La asignación por ayuda escolar anual se liquidará al inicio del Ciclo Lectivo para los niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años inclusive, deben presentar el certificado pertinente que acredite la condición de alumno/a regular del establecimiento educativo, como fecha límite, al 31 de Diciembre de cada año.

 

 

 

La ANSES tiene una tabla de montos vigentes, donde se especifica cuanto corresponde cobrar a los trabajadores en relación de dependencia por las Asignaciones Familiares.

Índice
  1. Anses Aumento Asignaciones Familiares en Agosto 2018: ¿cuanto cobro?
  2. Monto Ayuda Escolar 2018:
  3. ANSES Montos y Rangos de AAFF 
  4. Bono Compensador:
  • Tipos de Asignaciones Familiares:
    1. IGF es el “Ingreso del Grupo Familiar”:
  • Tipos de Asignaciones Familiares:

    IGF es el “Ingreso del Grupo Familiar”:

    Consiste en la suma de las remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados, más la Asignación Familiar por Maternidad/Maternidad Down (en caso de corresponder), excluyendo las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo; más las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio doméstico, más los haberes de jubilación y pensión, más el monto de la Prestación por Desempleo, más Planes Sociales, más las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole.

    Cabe aclarar que la percepción de ingresos por todo concepto de un importe superior a $ por parte de al menos uno de los integrantes del grupo familiar, excluye del cobro de asignaciones familiares al grupo familiar completo.

    *Se estableció el pago de un suplemento adicional por única vez para el ciclo lectivo, por cada hijo e hijo con discapacidad, de los titulares de derecho que perciban o hayan percibido la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual y/o Ayuda Escolar Anual Para Hijo con Discapacidad que presenten o hayan presentado el Formulario 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial” correspondiente al ciclo lectivo.

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