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Archivos del mes octubre, 2011

Como saber si puedo comprar dolares

Las nuevas medidas y requisitos para la compra de dolares, que incluye exhaustivos controles por parte de la AFIP, tiene nerviosos a mucha gente, no solo a especuladores, sino a gente común que busca resguardar sus ahorros mediante la compra de dolares. En este sentido, la AFIP ha creado un nuevo servicio denominado “Consulta de Operaciones Cambiarias”, a la que se accede mediante clave fiscal. Y como no podia ser de otra manera, el dolar paralelo ha dado un salto ampliando la brecha con el dolar oficial.

En el primer dia de los nuevos controles y limites para la compra de dolares, el mercado cambiario ha estado con muy pocas operaciones. En este sentido, ha primado el miedo y el desconocimiento por sobre la especulación. Las casas de cambio amanecieron vacías y con menos inspectores de la AFIP que la semana pasada, y los problemas para operar con el sistema propuesto por la AFIP han sido evidentes en algunos casos, debido al escaso tiempo de implementacion de los mismos.

El dia 31 de Octubre fue oficializada la resolución 3210 de la AFIP, que establece la creación del “Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias” para vender moneda extranjera. En su primer artículo, indica que “las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central deberán consultar y registrar, mediante el sistema informático que se establecerá, el importe en pesos del total de cada una de las operaciones cambiarias”.

Y en el segundo artículo, la resolución agrega que “están alcanzadas con este sistema de consulta y registro las operaciones de venta de moneda extranjera, divisas o o billetes en todas sus modalidades efectuadas por las entidades autorizadas, cualquiera sea su finalidad o destino”.

Sobre las entidades, la medida indica que “para la registración de las operaciones cambiarias” deberán ingresar:

  • el número de CUIT, CUIL, Clave de Identificación (CDI) o tipo y número de documento del cliente,
  • tipo de moneda a adquirir y su destino,
  • el importe en pesos de la operación y el tipo de cambio aplicado.

Con estos datos, la AFIP efectuará evaluaciones sistémicas, en tiempo real, y emitirá la respuesta correspondiente de acuerdo con la información obrante en sus bases de datos. La AFIP podrá autorizar o vetar la compra de divisas de acuerdo al cruce con la información patrimonial del cliente.

Con el nuevo sistema, además del formulario con la declaración jurada que hacen firmar bancos y casas de cambio, ahora se deberán ingresar los datos del solicitante en un formulario a través de Internet y la AFIP debería pronunciarse de manera automática: si da luz verde a la operación, el cajero recibirá la leyenda “Validada“; si no, dirá “Con inconsistencias”.

Como ya era requisito en las casas de cambio, el solicitante deberá llevar su DNI y fotocopia del documento, pero además deberá portar su constancia de CUIT o CUIL de la AFIP. El comprador, si tiene clave fiscal podrá hacer una consulta previa en la parte de “Consulta de Operaciones Cambiarias” del sitio web de la AFIP. El inconveniente es que este mismo site estuvo colapsado en varios momentos del día ante la enorme cantidad de consultas.

En este sentido, he hablado con al menos media docena de personas que han probado el sistema, y a todos le aparece la siguiente leyenda (haga click en la imagen para verlo mejor):

INCONSISTENCIAS: La/El CUIT/CUIL/CDI presentaría insuficiente capacidad económica para realizar la operación cambiaria ingresada

inconsistencias

Ahora bien. En este tema, quedan varias dudas, a saber:

  • ¿que sucede con las remesas familiares del exterior?
  • ¿que sucede con los pagos en cheques que provienen del exterior?
  • ¿que sucede si se niega la autorizacion de compra de divisas? ¿Quien se hace cargo de los daños y perjuicios que puede ocasionar esta operatoria?

Hoy en dia, nadie sabe nada. Ni los bancos, ni los operadores, ni siquiera la propia AFIP. Una vez más, las cosas se hacen a las apuradas y sin un rumbo fijo.

Tambien le puede interesar:

Por ultimo: la vision de CNN de las nuevas medidas cambiarias

Vencimientos IVA Octubre

AFIP, informa que esta semana comienzan a regir los vencimientos para las presentaciones de las Declaraciones Juradas y su posterior pago en los casos de que así lo determine el Impuesto al Valor Agregado, IVA. El martes 18 de octubre comenzaron a vencer aquellos contribuyentes cuya Clave de Identificación Tributaria, CUIT, finalice en 0 y 1 y el día 24 del corriente las terminaciones en 8 y 9.

La AFIP informa que el vencimiento de la DDJJ y pago, en caso de corresponder, del IVA del período de Septiembre de 2011 opera en las siguientes fechas de acuerdo a la terminación de CUIT:

  • CUIT terminado en 0-1: 18/10/2011.
  • CUIT terminado en 2-3: 19/10/2011.
  • CUIT terminado en 4-5: 20/10/2011.
  • CUIT terminado en 6-7: 21/10/2011.
  • CUIT terminado en 8-9: 24/10/2011.

Los contribuyentes podrán abonar el saldo correspondiente a la DDJJ de la siguiente manera:

  • Grandes contribuyentes: Solamente con el Volante Electrónico de Pagos, VEP, con los siguientes códigos:

Impuesto: 030 – IVA.
Concepto: 019.
Subconcepto: 019.

  • Resto de los contribuyentes: Podrá optar por abonarlo con el VEP o con el volante de pagos Formularios 799/E ó 799/C, con los siguientes códigos:

Impuesto: 030 – IVA.
Concepto: 019.
Subconcepto: 019.

Anses: Tramites, CUIL, Asignaciones Familiares, Asignacion por Hijo

La Administracion Nacional de Seguridad Social, o simplemente, la ANSES, es un organismo descentralizado de la administración pública nacional de la Argentina, que depende del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y que gestiona todas las prestaciones de seguridad social en Argentina.

Aqui le acercamos una guia con las prestaciones que realiza la ANSES, entre las que figuran las siguientes:

Se trata de uno de los organismos con más dinero del país, y se financia con los aportes de los trabajadores en relacion de dependecia, de trabajadores autónomos y aportes patronales de todas las empresas del país que tengan empleados. Puede acceder a las direcciones de todas las dependencias de la ANSES, haciendo click aqui.

El organismo fue creado el 27 de diciembre de 1992 mediante el decreto 2741/91 del Poder Ejecutivo Nacional, con el fin de crear un organismo único y descentralizado para la seguridad social.  En ese año, se integran a ANSES organismos que hasta entonces operaban en forma independiente. A saber:

  • el ex-Instituto Nacional de Previsión Social (INPS),
  • las tres ex-cajas nacionales de previsión:
    1. Industria, Comercio y Actividades Civiles
    2. Estado y Servicios Públicos
    3. Autónomos
  • y las tres ex-cajas de Asignaciones Familiares:
    1. CASFPI (Industria).
    2. CASFEC (Empleados de Comercio)
    3. CASFPIMAR (Estibadores Portuarios)

Aqui le acercamos un video institucional, titulado “ANSES en numeros”, que no deja lugar a dudas acerca del tamaño de este organismo estatal

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