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Archivos del mes enero, 2011

Vencimiento para presentar DDJJ

El lunes proximo, 31 de enero, monotributistas deberán presentar declaración jurada, dado que la misma ya llego a su vencimiento. El organismo espera recibir 250 mil declaraciones juradas, y advirtió que incluirá en sus planes de fiscalización a los contribuyentes que no la presenten.

El programa aplicativo que permite su generación y presentación se encuentra disponible en la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar), al cual se debe acceder con la Clave Fiscal. La AFIP recordó que corresponde al tercer cuatrimestre de 2010. Alcanza a las categorías más altas del impuesto, que van de la F a la L y aquellos que son empleadores.

Además, recordó que en el calendario fiscal de 2011, estableció vencimientos diarios por terminación de CUIT, para que no se generen posibles congestionamientos en la red informática y facilitar el cumplimiento de los contribuyentes.

Calendarios de Pagos ANSES

La ANSES todos los meses realiza una actualizacion de los calendarios de pagos a los que está obligada. De esta manera, aquí le acercamos los Calendarios de Pago ANSES para el mes en curso:

Credencial Monotributo

La Credencial de Monotributo se utiliza para pagar mensualmente las obligaciones de este régimen simplificado, en las entidades habilitadas, para consultar la más cercana a su domicilio, ingrese aquí

Tenga en cuenta que, para reimprimir la Credencial, debe contar con:
- Clave Fiscal (habilitada con Nivel de Seguridad 2 o superior)
- El servicio “Sistema Registral” habilitado en su Clave Fiscal

AFIP brinda una guia paso a paso para poder relizar el proceso en el caso que la credencial se haya extraviado.El Código Unico de Revista (CUR) es el resultado numérico que se obtiene por medio del sistema de generación de credenciales y refleja la situación de inscripción declarada por el monotributista. El CUR se encuentra en la Credencial para el pago y no puede generarse manualmente.

Para imprimir las credenciales puede hacerlo desde aqui

Impuesto Inmobiliario Arba 2011

Como sabemos el impuesto inmobiliario es la alicuota que abonamos por tener una propiedad inmueble, es un porcentaje sobre el valor fiscal de la propiedad.

Forma parte de los recursos tributarios de las provincias, juntamente con el impuesto sobre los automotores (patente) y el impuestos sobre los ingresos brutos, habiendo muchos otros más tributos de menor importancia.

Como todo impuesto basado en la posesión de bienes o patrimonios es de alícuota muy reducida para no agotar la fuente productora del impuesto en pocos años.

El impuesto inmobiliario es un impuesto directo, es decir, que el que lo paga no lo puede trasladar a otra persona, como sería el caso del IVA o de Ingresos Brutos que son impuestos indirectos ya que si bien lo paga el comerciante, éste se lo cobra a su cliente.

Para el año 2011, las boletas ya están llegando y vencen el mes que viene. Los ajustes -de hasta el 274%- alcanzan a 5 millones de casas y departamentos. Y la mayor alza porcentual es para quienes estaban pagando menos, porque antes regía un límite a los aumentos que se acaba de eliminar.

Respecto al valor fiscal, hubo otro cambio en este año que potenció el aumento del impuesto. Hasta ahora, se tomaba el 80% de esa valuación a la hora de calcular el gravamen. Ahora, es el 90%. Así, una casa tasada en $100.000 pagaba inmobiliario sobre 80.000 y ahora lo hace sobre 90.000. Sin cambiar la alícuota, el gobierno provincial aplicó un ajuste de más del 10% sobre el inmobiliario.

Desde la pagina web de Arba se puede consultar el impuesto inmobiliario, también podes seleccionar la forma de pago y lo que quiera ver de las cuotas vencidas o el saldo anual.

Puede consultar los Vencimientos Arba Inmobiliario 2011 desde aquí.

Por otro lado, la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) puso a disposición los contribuyentes un nuevo plan de regularización para deudores de planes caducos. El programa apunta a recuperar $500 millones y abarca a cerca de 100.000 contribuyentes con deudas de Inmobiliario, Automotores, Ingresos Brutos y Sellos, tanto en etapa judicial como prejudicial.

La medida implica una nueva oportunidad para quienes ingresaron a regímenes de regularización, desde el 2000 en adelante, y dejaron de pagarlos. El 72% de esos planes caducos corresponden a deudas del Impuesto Inmobiliario.

Las liquidaciones de las cuotas vencidas e impagas de los planes caducos podrán tramitarse en forma personal en los centros de servicio de ARBA, o vía internet desde www.arba.gov.ar . Además, llamando al 0800-321-ARBA (2722) se pueden realizar consultas y abonar las liquidaciones a través del pago telefónico con tarjeta de crédito.

Aquellos contribuyentes que no aprovechen esta instancia para regularizar su situación quedarán sujetos a las acciones legales que pondrá en marcha ARBA para garantizar el cobro por vía judicial, lo cual incluye la posibilidad de que se traben medidas cautelares contra los deudores.

Monotributo Social

El monotributo social es un instrumento  instrumento para facilitar y promover

  • La inclusión social
  • El desarrollo de las actividades productivas y
  • La incorporación al trabajo registrado de sujetos vulnerables desde el punto de vista socioeconómico, que se encuentren en situación de desempleo o que resulten destinatarios de programas sociales o de ingreso.

Las actividades económicas que lleve a cabo el monotributista social debe ser sustentable, es decir que debe contar con la posibilidad de desarrollarse en un lapso de tiempo prolongado, para lo cual el inscripto debe poseer un cúmulo de capacidades, experiencia en la actividad y conocimiento del mercado en el que el proyecto laboral se llevará a cabo.

Asimismo, debe tratarse de una actividad económica genuina y enmarcada en el Desarrollo Local y la Economía Social, respondiendo al perfil productivo de su región.

Se pueden inscribir en el monotributo social:

  • Personas Físicas, Integrantes de Proyectos Productivos (que conformen grupos de trabajo de hasta tres personas) y Asociados a Cooperativas de Trabajo

• Sean o no titulares de derecho de planes sociales.
• Vulnerables desde el punto de vista socioeconómico.
• Los ingresos brutos por titular de derecho no podrán superar los 12 mil pesos anuales.
• No podrán inscribirse aquellas personas que trabajan en relación de dependencia.
Tampoco podrán hacerlo profesionales universitarios, excepto que realicen una actividad económica no vinculada con su profesión.
El solicitante quedará inscripto dentro del régimen de Monotributo social, por medio del cual abonando mensualmente el 50% del componente social (actualmente $23.30) podrá:

  •  Emitir factura oficial.
  •  Acceder a una obra social de libre elección, con idénticas prestaciones que reciben los monotributistas generales. Es requisito indispensable que el interesado opte por una obra social al momento de inscribirse en el Registro.

 A los efectos del sistema jubilatorio, se le computará como período aportado el tiempo de permanencia en el Registro.

Quien se inscriba al Monotributo Social  tendrán derecho a cobrar un aporte social mensual de $45 por hijo de hasta 18 años
y/o hijo discapacitado a cargo (se acredita con fotocopia de partida de nacimiento y DNI de los hijos).

Para inscribirse se necesita la siguiente documentacion:
• Personas Físicas: DNI, LC, o LE (Adjuntar fotocopia de 1º y 2º hoja).
• Proyectos Productivos: DNI, LC, o LE de cada uno de los integrantes (Adjuntar fotocopia de 1º y 2º hoja).
• Cooperativas de Trabajo
Documentación a presentar
• DNI, LC, o LE de los asociados (Adjuntar fotocopia de 1º y 2º hoja).
• Formulario de inscripción de la Cooperativa en AFIP (F 420/J).
• Fotocopia del Acta Constitutiva, nómina de asociados y asignación de cargos.
• Fotocopia de la matrícula y resolución de INAES.
Inscripción en impuestos
• IVA.
• Impuesto al Fondo de Educación y Cooperativismo.
Impuesto a las Ganancias, para luego pedir la exención de este último impuesto.

El inscripto puede facturar desde el momento en que es dado de alta como Monotributista social. Esto es una vez finalizado todo el proceso de inscripción en el Registro y abonado el primer pago en cualquier banco, pagofácil, rapipago o bapro.

Las facturas que emitirán las personas físicas y los proyectos productivos serán de tipo “C” y las de las cooperativas de trabajo, de tipo “A”, “M” o “B”.

El Monotributo Social es una categoría tributaria permanente a partir de la ley 26.223/07,

Las personas físicas y los proyectos productivos no necesitan dirigirse a AFIP porque los trámites que involucran a AFIP los realiza en forma interna el Registro.

Solo las Cooperativas de trabajo únicamente deberán dirigirse a AFIP para gestionar el CUIT, a través de la inscripción de la cooperativa en el régimen de IVA e impuesto a las ganancias, y luego pedir la exención en este último.

Desde el primer pago del Monotributo social podrá comenzar a utilizar la obra social y tendrá las mismas prestaciones que tiene cualquier Monotributista general, que consiste en el PMO (Plan médico obligatorio). Un beneficio interesante es que todo el grupo familiar (esposa/o e hijos) puede acceder a la cobertura médica, mediante el pago de un adicional equivalente a $ 19,50 por cada adherente.

Monotributo 2011

Y el 2011 llego con cambios, por supuesto, tambien en el marco impositivo, y uno de ellos es la suba casi de hasta un 10% en las cuotas mensuales que pagan los monotributistas, por lo cual de acuerdo a los vencimientos del monotributo 2011 deberan hacerse efectivos, y una de las causas de esta suba se debe a  la decisión del Gobierno de actualizar los aportes destinados a las obras sociales.

De acuerdo al nuevo esquema oficializado, los particulares y empresas de servicios cancelarán un monto que va desde $115 hasta $292, de acuerdo a las características de cada contribuyente, lo mismo para los monotributistas que realicen el resto de las actividades, el nuevo esquema prevé un monto máximo que se ubica en 587 pesos.

Otro cambio esta relacionado con los aportes y contribuciones que recaen sobre el personal doméstico. Más precisamente, el monto a cancelar podrá alcanzar el máximo de $81,75; de acuerdo a la cantidad de horas trabajadas semanalmente.

El 20 de Enero próximo vence el plazo para la recategorización correspondiente al último cuatrimestre de 2010.

La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el año 2010 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.

Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, usted deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.

El período a considerar para la recategorizacion es  Enero/2010 a Diciembre/2010 . Y el vencimiento para la recategorización es el 20 de enero de 2011

La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP , accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario”,  ”Monotributo” y seleccionando la opción “Recategorización”.

El pago de la nueva categoría corresponderá debera efectuarse desde el mes de Febrero de 2011. Vencimiento: 21 de Febrero de 2011.

Vencimientos Aportes Seguridad Social 2011

A continuación le detallaremos los vencimientos 2011 para el Regimen Nacional de Seguridad Social, Aportes y Contribuciones patronales, según el cronograma dispuesto por la AFIP:

Impuesto REGIMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y OBRAS SOCIALES
Descripción del Régimen SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES – APORTES Y CONTRIBUCIONES
Sujeto Empleadores.
Tipo de Régimen Régimen General
Aplicativo/s Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS – Versión 34 Release 1
Formulario/s DJ F. 921 o F. 931, según corresponda, y disquete (generados por el aplicativo)
Tipo de obligación
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Diciembre/2010

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 07/01/2011
2-3 10/01/2011
4-5 11/01/2011
6-7 12/01/2011
8-9 13/01/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Enero/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 07/02/2011
2-3 08/02/2011
4-5 09/02/2011
6-7 10/02/2011
8-9 11/02/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Febrero/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 09/03/2011
2-3 10/03/2011
4-5 11/03/2011
6-7 14/03/2011
8-9 15/03/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Marzo/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 07/04/2011
2-3 08/04/2011
4-5 11/04/2011
6-7 12/04/2011
8-9 13/04/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Abril/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 09/05/2011
2-3 10/05/2011
4-5 11/05/2011
6-7 12/05/2011
8-9 13/05/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Mayo/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 07/06/2011
2-3 08/06/2011
4-5 09/06/2011
6-7 10/06/2011
8-9 13/06/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Junio/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 07/07/2011
2-3 08/07/2011
4-5 11/07/2011
6-7 12/07/2011
8-9 13/07/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Julio/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 08/08/2011
2-3 09/08/2011
4-5 10/08/2011
6-7 11/08/2011
8-9 12/08/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Agosto/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 07/09/2011
2-3 08/09/2011
4-5 09/09/2011
6-7 12/09/2011
8-9 13/09/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Septiembre/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 07/10/2011
2-3 11/10/2011
4-5 12/10/2011
6-7 13/10/2011
8-9 14/10/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Octubre/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 07/11/2011
2-3 08/11/2011
4-5 09/11/2011
6-7 10/11/2011
8-9 11/11/2011
Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales , por el período devengado en:

Noviembre/2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 07/12/2011
2-3 12/12/2011
4-5 13/12/2011
6-7 14/12/2011
8-9 15/12/2011

Seguro de Vida Obligatorio

 

A partir de este mes la Superintendencia de Seguros de la Nación, SSN, puso en marcha las nuevas pautas para pagar el Seguro de Vida Obligatorio las empresas.

Comenzaron a regir la disposición que deben seguir los empleadores, al momento de realizar el pago, debiendo informar el monto a cancelar a a través de las Declaraciones Juradas del Sistema de la Seguridad Social, con el formulario Nº 931.-

Fueron modificadas las pautas del pago de seguro de vida obligatorio de sus empleados, deberán ser pagado a la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP.

A partir de este mes, todos los empleadores deben pagar el seguro colectivo de vida obligatorio, utilizando el aplicativo que establece la AFIP para declarar los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, el empleador cancelará el monto ante el fisco, quien luego transferirá lo recaudado por tal concepto a las cuentas bancarias de las compañías aseguradoras, conforme a las pólizas emitidas por cada una de ellas.

El pago de la prima está a cargo del empleador, y la misma se fija en $0,205 mensuales por cada $1.000. La suma asegurada es de $12.000 o la que en el futuro fije la SSN.

El seguro de vida obligatorio cubre el riesgo de muerte, sin limitaciones de ninguna especie, de todo trabajador en relación de dependencia. Quedando excluido de esta cobertura los empleados rurales permanentes y los contratados por un término menor a un mes.

El monto del seguro de vida obligatorio es igual para todas las compañías, mas allá de la actividad que realicen. Lo mismo sucede respecto a la suma asegurada.

ERREPAR, empresa de consultas tributarias, explicó otros puntos destacados de la nueva normativa:

  • Las aseguradoras serán las responsables de efectuar los controles de las sumas transferidas por la AFIP a las cuentas bancarias que éstas establezcan y su correspondencia con las pólizas emitidas.
  • Es obligación del empleador antes, de realizar el pago correspondiente firmar el contrato de adhesión, ya que aquel que abone el monto del premio, sin haber contratado una póliza con una aseguradora, no contará con cobertura automática en el seguro.

Vencimientos Bienes Personales 2011

A continuación le detallaremos los vencimientos 2011 para el Impuesto a los Bienes Personales, según el cronograma dispuesto por la AFIP:

Impuesto IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
Sujeto Personas físicas o sucesiones indivisas domiciliadas o radicadas en el país.
Tipo de Régimen Régimen de Anticipos
Tipo de obligación
Ingreso de los anticipos

5º anticipo del año 2010

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1-2-3 14/02/2011
4-5-6 15/02/2011
7-8-9 16/02/2011
Ingreso de los anticipos

1º anticipo del año 2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1-2-3 13/06/2011
4-5-6 14/06/2011
7-8-9 15/06/2011
Ingreso de los anticipos

2º anticipo del año 2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1-2-3 16/08/2011
4-5-6 17/08/2011
7-8-9 18/08/2011
Ingreso de los anticipos

3º anticipo del año 2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1-2-3 13/10/2011
4-5-6 14/10/2011
7-8-9 17/10/2011
Ingreso de los anticipos

4º anticipo del año 2011

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1-2-3 13/12/2011
4-5-6 14/12/2011
7-8-9 15/12/2011

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Turnos Internet ANSES

Cuantas veces hemos dejado de hacer algun tramite por el solo hecho de no querer hacer grandes filas esperando solo haber conseguido un turno, pero ahora las personas que necesiten sacar un turnos para realizar un trámite en la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, lo pueden realizar telefónicamente a la línea gratuita Nº 130 o por medio de un trámite muy sencillo por Internet a través de la página oficial del organismo, sesión “Autopista de Servicios” opción “Solicitud de Turnos”.

Para ello los datos del solicitante deben estar debidamente registrados en la base de datos del sistema. ingresando su numero de CUIL, el sistema le indicará  su situación.

Si tus datos no se encuentran cargados en la base de datos, el trámite no es muy complicado, sólo bastará con que el titular se acerque a cualquier oficina de ANSES con su DNI, Libreta Cívica ó de Enrolamiento y se registre, nuestro consejo de paso pedir la “Clave de la Seguridad Social”, ya que la puede necesitar.

El procedimiento de ANSES es el siguiente: primero para otorgar el turno verificará el código postal acreditado en la base de datos del titular y le concederá el turno en alguna de las delegaciones más próximas a su domicilio.

Luego con con su número de registro deberá “Consultar su Turno”, seguir mismo procedimiento que para sacarlo pero ingresar a la otra opción de consulta, el mismo estará disponible el día hábil siguiente a su solicitud.

Es muy importante que una vez sacado su turno y antes de los 7 días hábiles, el turno sea confirmado, caso contrario el sistema lo anulará automáticamente y será reasignado a otro beneficiario.

El blog dedicado a los impuestos. Aquí podrás encontrar información sobre el IVA, el impuesto a las ganancias, el vencimiento de impuestos, los bienes personales, y mucho más. No olvides suscribirte por e-mail para estar al tanto de los últimos artículos..

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